REAL DECRETO 124/2004, de 23 de enero, por el que se aprueba la oferta de empleo público del Cuerpo de la Guardia Civil para el año 2004.

Fecha de Entrada en Vigor25 de Enero de 2004
MarginalBOE-A-2004-1440
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Administraciones Publicas
Rango de LeyReal Decreto

El marco que delimita las incorporaciones de nuevos efectivos en el año 2004, con carácter general para todo el personal al servicio del sector público, se define en el artículo 20 de la Ley 61/2003, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2004, al disponer que las convocatorias de plazas para ingreso de nuevo personal se concentrarán en los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren absolutamente prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales, así como que el número de plazas de nuevo ingreso deberá ser, como máximo, igual al 100 por cien de la tasa de reposición de efectivos. De este último criterio se exceptúa al Cuerpo de la Guardia Civil, dado su carácter de servicio público esencial y con objeto tanto de asegurar el adecuado desempeño de sus misiones tradicionales como de posibilitar la permanente diversificación de sus actividades.

Las singularidades del Cuerpo de la Guardia Civil, referidas a la necesidad de mantener su despliegue territorial junto a una creciente demanda de especialización de sus efectivos, hacen aconsejable la elaboración de un real decreto específico para su oferta de empleo del año 2004, ello sin perjuicio de que las plazas correspondientes al acceso por ingreso directo a la Escala Superior de Oficiales de la Guardia Civil se aprueben, como es tradicional, conjuntamente con la provisión anual de plazas de las Fuerzas Armadas.

Esta oferta de empleo se enmarca en el plan de recursos humanos para el período 2001-2004, que fue aprobado por el Real Decreto 313/2001, de 23 de marzo, y en su necesaria adaptación tras la adopción de las medidas de política de personal a las que aludía su disposición adicional primera, cuyo desarrollo está condicionado a la adopción de una serie de medidas de política de personal, de acuerdo con lo que establece la disposición adicional primera de este real decreto.

La Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil, regula la provisión anual de plazas del Cuerpo de la Guardia Civil, en la que se determinarán las correspondientes a los centros docentes de formación, especificando los cupos que corresponden a los distintos sistemas de acceso.

En su virtud, a iniciativa conjunta de los Ministerios de Defensa y del Interior, a propuesta de la Ministra de Administraciones Públicas, con el informe favorable del Ministerio de Hacienda y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de enero de 2004,

D I S P O N G O :

Artículo 1 Aprobación de la oferta de empleo público.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 61/2003, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2004, se aprueba la oferta de empleo público del Cuerpo de la Guardia Civil para el año 2004, en los términos que se establecen en este real decreto.

Las convocatorias de pruebas selectivas derivadas de esta oferta de empleo público habrán de ser informadas favorablemente por la Dirección General de la Función Pública y solo podrán publicarse en el ejercicio presupuestario al que viene referidas.

Artículo 2 Ingreso directo en el Cuerpo de la Guardia Civil.

Se autoriza la convocatoria de 3.028 plazas para ingreso directo en la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil.

Artículo 3 Reserva de plazas en la Escala de Cabos y Guardias.

Del total de 3.028 plazas convocadas para ingreso directo en la Escala de Cabos y Guardias, autorizadas en el artículo anterior, se reservan 1.817 a los militares profesionales de tropa y marinería que lleven al menos tres años de servicios efectivos como tales, de acuerdo con lo previsto en el artículo 27.3 de la Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil. Las plazas reservadas a militares profesionales de tropa y marinería no cubiertas por cualquier motivo podrán acumularse al cupo de plazas libres.

Para los alumnos del Colegio de Guardias Jóvenes se reservarán 250 plazas que, de no cubrirse, se acumularán al cupo de plazas libres.

Artículo 4 Promoción interna en el Cuerpo de la Guardia Civil.

Se autoriza la convocatoria para ingreso en los centros docentes de formación de la Guardia Civil mediante promoción interna de tres plazas en la Escala Superior de Oficiales, de 100 plazas en la Escala de Oficiales y de 400 plazas en la Escala de Suboficiales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 28 de la citada Ley 42/1999, de 25 de noviembre.

Los aspirantes a estas plazas deberán reunir las condiciones exigidas en la normativa vigente en la fecha en que finalice el plazo de admisión de solicitudes que se fije en la respectiva convocatoria.

Artículo 5 Cambio de escala.

Se autoriza la convocatoria para ingreso en los centros docentes de formación de la Guardia Civil, mediante el sistema de cambio de escala, de 28 plazas en la Escala Facultativa Superior y 23 plazas en la Escala Facultativa Técnica, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 y en la disposición transitoria octava de la citada Ley 42/1999, de 25 de noviembre, y que se recogen en el anexo de este real decreto.

Los aspirantes a estas plazas deberán reunir las condiciones exigidas en la normativa vigente en la fecha en que finalice el plazo de admisión de solicitudes que se fije en la respectiva convocatoria.

Disposiciones Adicionales
Disposición adicional primera Plan de recursos humanos 2001-2004.

Esta oferta de empleo público se inscribe en el marco del Plan de recursos humanos de la Dirección General de la Guardia Civil para el periodo 2001-2004. A los efectos de intensificar las actuaciones previstas en dicho plan, durante el año 2004 se profundizará, en colaboración con los Ministerios de Administraciones Públicas y de Hacienda, en el estudio tanto de la actual plantilla como de su distribución en función de las cargas de trabajo, para su adecuado dimensionamiento.

Asimismo, y con el fin de optimizar los recursos disponibles del Cuerpo de la Guardia Civil, se procederá a delimitar los puestos de naturaleza administrativa para la sustitución progresiva de funcionarios de dicho cuerpo que actualmente desempeñan puestos de esta naturaleza por funcionarios de cuerpos generales y personal en situación de reserva.

En función de los resultados de estos análisis, la Secretaría de Estado de Seguridad definirá los cupos de pase a la situación de reserva a petición propia.

Las ofertas de empleo público que se autoricen en los próximos años están condicionadas a la adopción de las medidas de los estudios mencionados y complementarán sus resultados.

Disposición adicional segunda Difusión de las convocatorias de pruebas selectivas.

Con objeto de ampliar la difusión de las distintas convocatorias de pruebas selectivas derivadas de esta oferta de empleo público, el Ministerio del Interior incluirá en su página web en la red Internet una dirección dedicada a procesos selectivos, en la que recogerá de la manera más completa posible cada una de las convocatorias y los actos que se deriven de ellas.

Disposición final única Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Dado en Madrid, a 23 de enero de 2004.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Administraciones Públicas,

JULIA GARCÍA-VALDECASAS SALGADO

ANEXO

(VER IMAGEN, PÁGINA 2958)

Escala Facultativa Superior

Titulación universitaria N.º de plazas

Licenciado en Psicología ......................... 13 Licenciado en Biología ............................ 4 Licenciado en Química ............................ 3 Licenciado en Pedagogía ......................... 2 Licenciado en Sociología ......................... 1 Licenciado en Ciencias de la Información ... 1 Licenciado en Filología Inglesa ................. 2 Licenciado en Filología Hispánica .............. 1 Arquitecto ............................................ 1

Total .......................................... 28

Escala Facultativa Técnica

Titulación universitaria N.o de plazas

Ingeniero Técnico en Informática .............. 7 Diplomado en Enfermería ........................ 13 Ingeniero Técnico Industrial ..................... 2 Diplomado en Estadística ........................ 1

Total .......................................... 23

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