ORDEN de 24 de abril de 1995, por la que se regula la concesión de ayudas para el desarrollo del programa de formación profesional ocupacional en el marco de las Entidades Juveniles, cofinanciado por el Fondo Social Europeo.
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Consejería de Educacion y Juventud |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN de 24 de abril de 1995, por la que se regula la concesión de ayudas para el desarrollo del programa de formación profesional ocupacional en el marco de las entidades juveniles, cofinanciado por el Fondo Social Europeo.
EXPOSICION DE MOTIVOS La Junta de Extremadura como respuesta a la demanda social en materia de empleo, y conocedora de las necesidades formativas de la población, pone en marcha el Plan de Empleo de Extremadura, conjugando actuaciones en el terreno económico, de apoyo a las diferentes iniciativas empresariales, con una línea de formación materializada a través del Programa Formativo del Plan de Empleo, que se viene desarrollando desde la Consejería de Educación y Juventud.
Desde un contexto de acercamiento de la formación a la realidad productiva, estrechando los lazos de colaboración con los diversos agentes sociales, y estableciendo criterios de actuación basados en el conocimiento de la realidad social de cada zona, se hace una definición de las principales líneas de trabajo en el campo de la Formación Profesional Ocupacional, pautas éstas que marcarán todas las actuaciones, atendiendo a la diversidad y características de cada comarca.
Se pretende, con esta convocatoria, la potenciación de aquellas entidades juveniles que a lo largo de su trayectoria han venido desarrollando actuaciones formativas, poniendo de manifiesto una notable calidad en sus actuaciones y una capacidad de gestión en consonancia con los requerimientos del Programa. Se mantiene una línea Formativa en los sectores en que el colectivo juvenil demuestra un mayor nivel de sensibilización como son los servicios a la comunidad y personales.
En todo el proceso se refuerza notablemente la intervención desde la administración regional, que se configura como garante de la atención a la diversidad de los colectivos, comarcas y sectores profesionales que demandan actuaciones específicas, tanto en el plano laboral, sectorial como social.
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Todas las actuaciones que se desarrollen irán con cargo a la aplicación presupuestaria 13.02.322A 640.00 Pila 94613205 y Pila 94613206, contemplada en los presupuestos de la Comunidad Autónoma y con los fondos recogidos en el Marco Comunitario de Apoyo de la Comunidad Económica Europea a través del Fondo Social Europeo y tendrán como límite el de la disponibilidad de las mismas.
Las acciones formativas se encuadrarán en alguno de los siguientes campos:
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Animación comunitaria y desarrollo comunitario. Formación en programas específicos de animación comunitaria para su desarrollo en el ámbito rural y en barrios con problemas de integración social.
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Formación en técnicas de búsqueda de primer empleo.
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Formación en programas de Prevención de toxicomanías y educación para la salud (Educación sexual, SIDA, Prevención de embarazos en adolescentes, Nutrición y Alimentación, etc).
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Formación en áreas de promoción, gestión y programación de actividades juveniles.
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Formación en gestión, desarrollo y creación de instalaciones juveniles: gerencia, coordinación y dirección de casas de Juventud, Albergues Juveniles, Residencias, Ludotecas para Jóvenes.
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