DECRETO 113/1992, de 9 de julio, por el que se declara urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa iniciada por el Cabildo Insular de Gran Canaria, para la ampliación del Campus de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (Presidencia Universitaria, edificio departamental y...

SecciónIII. OTRAS RESOLUCIONES
EmisorConsejería de La Presidencia
Rango de LeyDecreto

Visto el expediente tramitado a instancia del Cabildo Insular de Gran Canaria, para declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa iniciada con motivo de la ampliación de las instalaciones de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, del que resulta:

1.- El Plan General de Ordenación Urbana de Las Palmas de Gran Canaria, aprobado por Orden de la Consejería de Política Territorial de 7 de marzo de 1989 (B.O.C. nº 45, de 31.3.89), y de cuyo Texto Refundido se tomó conocimiento por Orden del mismo Departamento de 6 de septiembre de 1991 (B.O.C. nº 129, de 1.10.91), califica el campus universitario de Tafira Baja como sistema general a desarrollar en suelo rústico por el sistema de expropiación.

2.- Estando en tramitación el Plan Especial para desarrollo del sistema general del campus, y apreciándose razones de utilidad pública en los proyectos presentados, la Dirección General de Urbanismo de la Consejería de Política Territorial, al amparo del procedimiento excepcional establecido en el artículo 11 de la Ley Territorial 5/1987, sobre Ordenación Urbanística del Suelo Rústico de la Comunidad Autónoma de Canarias, autoriza la construcción de la Residencia Universitaria y del edificio departamental y aulario de Económicas y Empresariales, por Resolución de 3 de julio de 1992.

3.- La urgencia de la ejecución de estas obras queda acreditada tanto por la necesidad de contar con el equipamiento adecuado para dar cobertura al servicio de enseñanza universitaria, de imperiosa necesidad en la provincia de Las Palmas, como por la necesidad de dar cumplimiento a las previsiones de inversión establecidas para los años 1991 y 1992 en la Ley Territorial 15/1990, de Revisión del Plan Universitario de Canarias, por lo que figura en el Plan de obras de la Universidad como prioritarias y de máxima urgencia.

4.- La determinación de los bienes y derechos afectados por la expropiación se ha efectuado previa audiencia de sus titulares, mediante información pública de 15 días en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas de 15 de marzo de 1991 y notificación individual, conforme establecen los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 56 de su Reglamento, plazo durante el cual se presentó una alegación, que fue estimada en cuanto a la superficie a expropiar por acuerdo de la Comisión de Gobierno del Cabildo Insular en sesión celebrada el 10 de diciembre de 1991.

En su virtud...

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