SAP Valencia 183/2008, 8 de Abril de 2008
Ponente | EUGENIO SANCHEZ ALCARAZ |
ECLI | ES:APV:2008:963 |
Número de Recurso | 957/2007/ |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 183/2008 |
Fecha de Resolución | 8 de Abril de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valencia, Sección 8ª |
183/2008
Rollo nº 957/07
SENTENCIA Nº_183
SECCIÓN OCTAVA
Ilustrísimos Señores:
Presidente
D. EUGENIO SÁNCHEZ ALCARAZ
Magistradas
Dª Mª FE ORTEGA MIFSUD
Dª CARMEN BRINES TARRASÓ
En la ciudad de VALENCIA, a ocho de abril de dos mil ocho.
Vistos por la Sección Octava de esta Audiencia Provincial, siendo ponente el Ilmo Sr. D. EUGENIO SÁNCHEZ ALCARAZ, los autos de Procedimiento Monitorio, promovidos ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de MONCADA, con el nº 000754/2005, por ASOCIACIÓN PARA RECOBRO Y
TRAMITACIÓN DE EFECTOS contra Dª Lina, pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación interpuesto por Dª. Lina representado por la Procuradora Dª.MARIA PILAR PALOP
FOLGADO.
La sentencia apelada, pronunciada por el Sr. Juez de 1ª Instancia nº 1 de MONCADA, en fecha 23-1-0-06, contiene el siguiente: "FALLO: Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por D. Juan Ramón en nombre y representación de Asociación para recobro y Tramitación de Efectos contra Doña Lina condenando a esta al pago de 242,43 eruos más los intereses legales devengados."
Contra la misma, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por Dª.Lina, que fue admitido en ambos efectos y remitidos los autos a esta Audiencia, donde se tramitó la alzada, señalándose para Deliberación y votación el 1 de Abril de 2008.
Se han observado las prescripciones y formalidades legales.
La entidad "Asociación para recobro y tramitación de efectos librados S.L." formuló el 26 de Diciembre de 2.005 demanda de juicio monitorio contra Doña Lina, en reclamación de la cantidad de 867'76 euros, de los que 715'19 euros correspondían al principal, consistente en el crédito adquirido de Artel S.L. y que ésta ostentaba frente a la demandada, y el resto a los intereses pactados del 8% de las mensualidades impagadas. La demandada, una vez requerida de pago, compareció oponiéndose totalmente a la pretensión y alegando, en esencia, no adeudar a la actora cantidad alguna, al no haber justificado la titularidad del crédito que invocaba. Convocadas las partes a la vista del juicio verbal, a tenor de lo dispuesto en el artículo 818.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, la actora ciñó su exigencia a la cantidad de 252'43 euros, cuya procedencia fue aceptada de contrario, y, en su virtud, la sentencia de instancia estimó la demanda condenando a la Sra. Lina a pagar a la " Asociación para recobro y tramitación de efectos librados S.L." la cantidad de 242'43 euros, más los intereses devengados y las costas.
Esta resolución ha sido recurrida en apelación por la demandada Sra. Lina que ha circunscrito su impugnación al pronunciamiento de intereses y costas, cuya improcedencia ha denunciado. En este sentido arguye con que la cantidad inicialmente reclamada por la demandante ascendía a 876'76 euros, y si bien ello es cierto, no lo es menos que en el acto de la vista y, en concreto, en el trámite del artículo 443.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, redujo dicha cifra a la de 252'43 euros, correspondiente a seis recibos impagados, a razón de 42' 08 euros, cada uno, coincidente, a su vez, con lo alegado por la demandada en su escrito de...
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