DECRETO 17/2000, de 27 de enero, por el que se modifica el Decreto 37/1997, de 20 de febrero, por el que se dictan normas sobre financiación de actuaciones en cumplimiento de objetivos en materia de Residencias del Plan Regional Sectorial de Personas Mayores y se amplía el período de desarrollo del programa de actuación objeto del mismo.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Sanidad y Bienestar Social
Rango de LeyDecreto

DECRETO 17/2000, de 27 de enero, por el que se modifica el Decreto 37/1997, de 20 de febrero, por el que se dictan normas sobre financiación de actuaciones en cumplimiento de objetivos en materia de Residencias del Plan Regional Sectorial de Personas Mayores y se amplía el período de desarrollo del programa de actuación objeto del mismo.

Por Decreto 37/1997 de 20 de febrero, se dictan normas sobre financiación de actuaciones en cumplimiento de objetivos en materia de Residencias delPlan Regional Sectorial de Personas Mayores.

Partiendo de los datos existentes a la fecha de entrada en vigor de dicho Decreto, relativos a la población mayor de 65 años en nuestra Comunidad, el número de plazas en Centros Residenciales para personas mayores en funcionamiento o en construcción, las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud sobre el objetivo de existencia de 5 plazas residenciales por cada 100 personas mayores de 65 años, se consideró necesario establecer un marco jurídico regulador de la financiación para la creación de plazas en Centros Residenciales para personas mayores, en el que se contemplaran la programación, los criterios y el procedimiento a seguir, que se instrumentó a través del citado Decreto.

Los resultados de esta forma de actuar ha hecho que se haya superado de forma global para todo el territorio de nuestra Comunidad el objetivo del 5 por 100 antes reseñado. Sin embargo existen todavía zonas o localidades en las que persiste la necesidad de creación de nuevas plazas de acuerdo con los objetivos de cobertura y localización para evitar el desarraigo contemplados en el Plan Sectorial de Personas Mayores.

En la actualidad sigue prevaleciendo el criterio de posibilitar a las personas mayores las más elevadas cuotas de autonomía personal y continuar integrados en su entorno familiar y social, ofreciéndoles a tal efecto otros nuevos recursos sociales, mereciendo singular actuación de fomento y promoción, por su acomodación a dicho criterio, la puesta en funcionamiento de Centros de Día para Personas Mayores.

No obstante lo anterior, deben continuar las actuaciones de financiación para la creación de plazas en centros...

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