ORDEN de 26 de enero de 2000, del Consejero de Agricultura y Pesca, por la que se regula la concesión de becas de introducción a la investigación agropesquera, durante el ejercicio 2000.
Sección | 1 - Disposiciones Normativas |
Emisor | Agricultura y Pesca |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN de 26 de enero de 2000, del Consejero de Agricultura y Pesca, por la que se regula la concesión de becas de introducción a la investigación agropesquera, durante el ejercicio 2000.
Es objetivo del Departamento de Agricultura y Pesca potenciar la investigación en las áreas agropesqueras y la formación teórico-práctica de recursos humanos que luego se incorporarán al mercado laboral y mejorar de esta manera sus posibilidades de obtención de empleo, continuando con la línea de actuación iniciada en precedentes ejercicios.
A tal fin, se convoca una línea de becas dirigidas a la realización de primeras prácticas de postgraduados, que posibiliten un primer contacto con la realidad profesional, y que se desarrollarán en los centros de investigación agropesquera integrados en la Sociedad Pública Neiker, A.B. y en la Fundación Azti.
En su virtud,
RESUELVO:
Primero.¿ Objeto.
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¿ Es objeto de la presente Orden regular la concesió n, durante el ejercicio 2000, mediante el procedimiento de concurso, de un máximo de 20 becas de introducción a la investigación agropesquera para la realización de primeras prácticas de postgraduados.
A este fin se destinará un total de 6 millones de pesetas (36.060,73 euros) dentro de los créditos habilitados para ello en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
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¿ A tal efecto durante el ejercicio 2000 se realizarán dos convocatorias:
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La primera, que se opera mediante la presente disposición, tendrá un plazo de presentación de solicitudes de un mes a contar desde su efectividad. En esta primera convocatoria se adjudicarán un máximo de 10 becas.
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La segunda se realizará mediante Resolución del Director de Ordenación e Investigación del Medio Natural, que se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco.
Segundo.¿ Desarrollo de las becas.
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¿ Las becas se desarrollarán en los centros de investigación integrados en la Sociedad Pública Neiker, A.B. y en la Fundación Azti y con referencia a los proyectos de investigació n en las áreas agropesqueras que se establecen en el Convenio de Colaboración suscrito, a tal efecto, con el Departamento de Agricultura y Pesca y que son las siguientes:
¿ Producción y Protección Vegetal. Centro: Neiker, A.B. Arkaute (Araba) y Derio (Bizkaia).
¿ Producción Animal. Centro: Neiker, A.B. Arkaute (Araba).
¿ Agrosistemas. Centro: Neiker, A.B. Derio (Bizkaia).
¿ Sanidad Animal. Centro: Neiker, A.B. Derio (Bizkaia).
¿ Tecnología de alimentos. Centro: AZTI Fundazioa. Sukarrieta (Bizkaia).
¿ Recursos Pesqueros. Centro: AZTI Fundazioa. Sukarrieta (Bizkaia).
¿ Oceanografía y Medio Ambiente Marino. Centro: AZTI Fundazioa. Donostia (Gipuzkoa).
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¿ La concesión y disfrute de estas becas no implica, en modo alguno, la existencia de relación contractual o estatutaria con el Centro al que quede adscrito el beneficiario para la realización de las prácticas. Tampoco implica compromiso por parte del Centro en cuanto a una posterior incorporación del beneficiario a la plantilla de aquél.
Tercero.¿ Duración.
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¿ Las becas tendrán una duración má xima de cinco meses.
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¿ El periodo de disfrute de las becas será el siguiente:
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Para las becas que se adjudiquen en la primera convocatoria, de marzo a julio de 2000.
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Para las becas que se adjudiquen en la segunda convocatoria, de septiembre de 2000 a enero de 2001.
Cuarto.¿ Dotación.
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¿ Las personas seleccionadas percibirán la cantidad global bruta de 300.000 pesetas (1.803,04 euros), que se hará efectiva en un 50 % una vez iniciado el periodo de prácticas y el resto a su finalización.
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¿ A esta cantidad se le deducirán las retenciones fiscales que legalmente sean aplicables.
Quinto.¿ Beneficiarios.
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¿ Los solicitantes de las becas deberán cumplir los siguientes requisitos:
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Ser ciudadano de la Unión...
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