STSJ Cataluña , 24 de Enero de 2005

PonenteJOSE LUIS GOMEZ RUIZ
ECLIES:TSJCAT:2005:815
Número de Recurso9/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución24 de Enero de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA RECURSO ORDINARIO (LEY 1956) 9/2001 Partes: Sergio C/ T.E.A.R.C. S E N T E N C I A Nº 54 Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE D. EMILIO ARAGONES BELTRAN MAGISTRADOS D. PILAR GALINDO MORELL D. JOSE LUIS GÓMEZ RUIZ En la ciudad de Barcelona, a veinticuatro de enero de dos mil cinco .

VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN PRIMERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo nº

9/2001, interpuesto por Sergio , representado por el Procurador SUSANA PEREZ DE OLAGUER SOLA, contra T.E.A.R.C. , representado por el ABOGADO DEL ESTADO Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSE LUIS GÓMEZ RUIZ , quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Procurador SUSANA PEREZ DE OLAGUER SOLA actuando en nombre y representación de la parte actora, se interpuso recurso contencioso administrativo contra resolución 28-6-00 del TEAR dictada en reclamación nº. 17/1495/98 Y 17/211/99 acumuladas contra acuerdo dependencia recaudación concepto procedimiento recaudatorio.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dió el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

.Continuando el proceso su curso por los tramites que aparecen en autos., se señaló dia y hora para la votación y fallo, diligencia que tuvo lugar en la fecha fijada.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto del presente recurso lo constituye el Acuerdo del Tribunal Económico Administratrivo Regional de 28 de junio de 2000, recaido en las reclamaciones acumuladas números 17/1495/98 y 17/211/99 , relativas, respectivamente a la petición de devolución de un aval prestado para suspensión de la liquidación en la reclamación administrativa que se dirá, y contra la providencia de apremio derivada de tal liquidación.

Esta es la correspondiente al acta de conformidad de 11 de Enero de 1990, I.R.P.F. 1986, objeto de reclamación económico-administrativa 17/457/90/, en cuyo curso fué suspendida, y posterior recurso contencioso administrativo - desestimado - y de casación para unificación de doctrina - también desestimado - en cuyo curso no estuvo suspendida la liquidación, toda vez que por auto de 24 de Abril de 1992 , la Sala de instancia acordó no admitir a trámite la suspensión.

Se esgrime como fundamento de la pretensión aquí ejercitada la prescripción para exigir el pago de las deudas liquidadas, conforme al artículo 64 b) de la Ley General Tributaria , señalándose como dia inicial el del acuerdo del T.E.A.R. que desestimó, la reclamación contra la liquidación, es decir el 28 de Febrero de 1991, o en su caso el de...

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