SAP Córdoba 204/2005, 21 de Octubre de 2005

PonenteFRANCISCO ANGULO MARTIN
ECLIES:APCO:2005:1459
Número de Recurso278/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución204/2005
Fecha de Resolución21 de Octubre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Córdoba, Sección 3ª

FRANCISCO ANGULO MARTINFELIPE LUIS MORENO GOMEZFRANCISCO DE PAULA SANCHEZ ZAMORANO

AUDIENCIA PROVINCIAL CÓRDOBA

SECCION Nº 3

S E N T E N C I A Nº 204/05

PRESIDENTE ILMO. SR.

ILTMO. SR. D.FRANCISCO ANGULO MARTIN

MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.

ILTMO. SR.D.FELIPE L. MORENO GÓMEZ

ILTMO. SR. D. FRANCISCO SANCHEZ ZAMORANO

JUZGADO DE ORIGEN: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 8 DE CORDOBA

ROLLO DE APELACIÓN Nº 278/2005

JUICIO ORDINARIO Nº 900/2004

En la Ciudad de CORDOBA a veintiuno de octubre de dos mil cinco.

La SECCION Nº 3 DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE CORDOBA, ha visto y examinado el recurso de apelación interpuesto contra autos de J. ORDINARIO 900/2004 seguidos en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 8 DE CORDOBA entre el demandante Iván, en interés propio y en el de " DIRECCION000." representado por el Procurador Sr. MIRIAM MARTON GUILLEN y defendido por el Letrado Sr. CASTEJÓN MONTIJANO y el demandado DIRECCION001 representado por el Procurador Sr ANA ROSA REVILLA ALVAREZ y defendido por el Letrado Sr. DEL REY PUYOU, MANUEL, pendientes en esta Sala a virtud de recurso de apelación interpuesto por la representación de la parte demandada contra sentencia recaída en autos, siendo Ponente del recurso el Magistrado ILTMO. SR. D.FRANCISCO ANGULO MARTIN.

Aceptando los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida y,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que seguido el juicio por sus trámites se dictó sentencia por el Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 8 DE CORDOBA cuyo fallo es como sigue: "Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Dña.Miriam Martón Guillén, en nombre y representación de la DIRECCION000., contra la DIRECCION001, DE CÓRDOBA, - debo declarar y declaro la nulidad del acuerdo recogido en el punto primero del acta de la citada Junta de Propietarios de fecha 20 de mayo de 2.004 en cuanto deniega la petición formulada por los propietarios del local comercial situada en planta 1ª para abrir una puerta de acceso de dicho local al rellano de la escalera del edificio, por lo que - debo condenar y condeno a la Comunidad demandada a autorizar dicha apertura y a dejar operativa la puerta de acceso al ascensor, ya existente en dicha planta, de forma que pueda ser éste usado por los usuarios del referido local.- Todo ello, sin especial pronunciamiento acerca de las costas causadas en esta instancia.".

SEGUNDO

Que contra dicha resolución se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de DIRECCION001 que fue admitido en ambos efectos, oponiéndose al mismo la parte contraria, remitiéndose los autos a este Tribunal previo emplazamiento de las partes y dándose traslado de los mismo al Magistrado Ponente para que dictara la resolución procedente.

TERCERO

Que en la tramitación de las dos instancias de este juicio se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia de fecha 23 de mayo del año en curso, dictada en los presentes autos por el Juzgado de Primera Instancia nº 8 de los de esta ciudad que, tras estimar el escrito inicial del procedimiento declara la nulidad del Acuerdo de fecha 20 de mayo del 2004 adoptado por la Junta de Propietarios de la DIRECCION001 de Cordoba denegatorio de la autorización pedida por los hoy apelados relativa a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 sentencias
  • STS 728/2010, 15 de Noviembre de 2010
    • España
    • Tribunal Supremo, sala primera, (Civil)
    • 15 Noviembre 2010
    ...la procuradora Dª. Lourdes Fernández-Luna Tamayo, contra la sentencia de 21 de octubre de 2005 , dictada en grado de apelación, rollo número 278/2005, por la Audiencia Provincial de Córdoba, Sección 3 .ª, dimanante de procedimiento de juicio ordinario número 900/2004, seguido ante el Juzgad......
  • ATS, 25 de Noviembre de 2008
    • España
    • 25 Noviembre 2008
    ...la Sentencia dictada con fecha 21 de octubre de 2005 por la Audiencia Provincial de Córdoba, (Sección 3ª), en el rollo de apelación nº 278/2005, dimanante de los autos de juicio ordinario nº 900/04 del Juzgado de Primera Instancia nº 8 de los de - Mediante providencia de 4 de septiembre de ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR