Orden ARM/3407/2010, de 22 de diciembre, por la que se modifica la Orden APA/920/2008, de 25 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el desarrollo de nuevos mercados y campañas de promoción de productos de la pesca y de la acuicultura.

Fecha de Entrada en Vigor 2 de Enero de 2011
MarginalBOE-A-2011-47
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Rango de LeyOrden

La Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado, recoge, en su artículo 82, la promoción de productos pesqueros, especificando que se dirigirá preferentemente a una serie de objetivos, enumerados en dicho artículo.

Además, las medidas para el desarrollo de nuevos mercados, y las campañas de promoción, pueden apoyarse en virtud del artículo 40 del Reglamento (CE) n.º 1198/2006, del Consejo, de 27 de julio, del Fondo Europeo de Pesca.

Desarrollando lo previsto por dichas normas, el entonces Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación, cuyas competencias fueron asumidas por el de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, en virtud del artículo 11.1 del Real Decreto 432/2008, de 12 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, aprobó la Orden APA/920/2008, de 25 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el desarrollo de nuevos mercados y campañas de promoción de los productos de la pesca y de la acuicultura, la cual es necesario modificar en consonancia con los objetivos a conseguir, así como para ordenar la prioridad de los criterios de otorgamiento de las subvenciones en función del fin perseguido.

Mediante la presente orden se procede, por tanto, a modificar la Orden APA/920/2008, de 25 de marzo.

En su virtud, dispongo:

Artículo único Modificación de la Orden APA/920/2008, de 25 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el desarrollo de nuevos mercados y campañas de promoción de los productos de la pesca y de la acuicultura.

La Orden APA/920/2008, de 25 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el desarrollo de nuevos mercados y campañas de promoción de los productos de la pesca y de la acuicultura, queda modificada como sigue:

Uno. El artículo 4.2 queda redactado del siguiente modo:

No serán subvencionables los gastos de funcionamiento del beneficiario, ni los artículos promocionales o publicitarios.

Dos. El artículo 6 queda redactado como sigue:

Artículo 6. Criterios objetivos de otorgamiento a las subvenciones.

Para...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR