ORDEN FORAL 50/2007, de 29 de enero, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, de nueva organización de la Revista Jurídica de Navarra.
Sección | I - Comunidad Foral de Navarra |
Rango de Ley | Orden foral |
ORDEN FORAL 50/2007, de 29 de enero, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, de nueva organización de la Revista Jurídica de Navarra.
Por Orden Foral 24/1986, de 18 de febrero, del Consejero de Presidencia, se creó la Revista Jurídica de Navarra, como instrumento para mantener actualizado el estudio e investigación del ordenamiento jurídico foral en las diversas ramas del Derecho Público y Privado, estableciendo su periodicidad semestral y los órganos de la misma.
Dado el tiempo transcurrido, se considera conveniente modificar la organización o estructura de los órganos de la Revista Jurídica de Navarra para adecuarla a la realidad resultante de la experiencia en su funcionamiento.
Esta reorganización comporta una nueva configuración de los órganos de la Revista Jurídica de Navarra y la supresión del Consejo Asesor; lo que hace procedente el cese de los actuales miembros integrantes de dichos órganos nombrados a partir de la inicial Orden Foral 25/1986, de 18 de febrero, del Consejero de Presidencia, luego modificada por ulteriores Ordenes Forales, hasta el día de la fecha, tanto para adecuarlos a la nueva organización como por derivar de la desaparición del citado Consejo Asesor.
En su virtud,
ORDENO:
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Los órganos de la Revista Jurídica de Navarra serán los siguientes:
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Consejo de Redacción.
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Director.
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Secretario.
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Corresponde al Consejero de Presidencia, Justicia e Interior el nombramiento del Presidente y miembros que han de integrar el Consejo de Redacción, del Director y del Secretario.
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El Consejo de Redacción de la Revista Jurídica de Navarra tendrá las funciones de determinación de las directrices de funcionamiento y planificación y de confección y elaboración de la Revista Jurídica de Navarra y, en especial, le corresponderá la decisión sobre inclusión o no en la Revista de los trabajos y colaboraciones que se presenten.
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El Consejo de Redacción estará formado por un Presidente, el Director y los restantes miembros que sean designados y será asistido por el Secretario de la Revista.
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Al Presidente del Consejo de Redacción le corresponderán la representación de la Revista Jurídica...
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