Novedades Normativas y de Gestión de la Tesorería General de la Seguridad Social

AutorJavier Aibar Bernad
CargoCuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social
Páginas233-245
Revista de Derecho de la Seguridad Social. Laborum 25 (4º Trimestre 2020)
Crónica de Doctrina Administrativa en materia de Seguridad Social ISSN: 2386-7191 ISSNe: 2387-0370
Pag. 233-250
233
Novedades Normativas y de Gestión de la Tesorería General de la
Seguridad Social
1. MEDIDAS SOCIALES DE REACTIVACIÓN DEL EMPLEO Y DE PROTECCIÓN D EL
TRABAJO AUTÓNOMO Y DE COMPETITIVIDAD DEL SECTOR INDUSTRIAL
En el mes de junio se prolongaron mediante el RDL 24/2020 las medidas para estimular la
reactivación del empleo y protección del trabajo autónomo y de competitividad del sector industrial.
Ello quedó justificado en su preámbulo, haciéndose referencia a la situación de emergencia sanitaria
causada por la Covid-19, poniéndose de manifiesto que se seguían produciendo efectos perjudiciales
para las empresas y el empleo que exigían manten er las medidas extraordinarias ya previstas en el
RDL 8/2020, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social
de la Covid-19, y en el RDL 18/2020, de medidas sociales en defensa del empleo, en tanto las
causas referidas en dichas disposiciones seguían incidiendo negativamente tanto en la situación
sanitaria como en la económica.
Se hizo referencia asimismo en dicho preámbulo a que las medidas sociales de reactivación
del empleo fueron resultado de un acuerdo del diálogo social, con el objetivo de modular las
medidas extraordinarias y excepcionales previstas en el RDL 8/2020.
Asimismo en el preámbulo del RDL 24/2020 se recordó que mediante los RDL 8/2020, y
18/2020, se adoptaron medidas extraordinarias en materia de cotización vinculadas al expediente de
regulación temporal de empleo (en adelante ER TE) por causa de fuerza mayor consistente en la
exención del pago de la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social y por conceptos
de recaudación conjunta distinguiendo, a los efectos del porcentaje de exención aplicable, entre las
personas trabajadoras que hubiesen reiniciado su actividad y aquellas otras que co ntinuasen con sus
actividades suspendidas y de los periodos y porcentajes de jornada afectados por la suspensión. Esa
misma exención se aplicó como veremos más adelante en el RDL 24/2020.
El objetivo contemplado en el RDL 24/2020 era por consiguiente continuar f acilitando una
transición ad ecuada, que posibilitase la recuperación gradual de la actividad empresarial y que se
desarrollase de forma acompasada con la recuperación de la actividad económica general, contando,
para ello, con el estímulo necesario, entre los que figuraron diferentes beneficios en la cotización, en
los términos que a continuación exponemos.
1.1. Medidas extraordinarias en materia de cotización vinculadas a los expedientes de
regulación temporal de empleo basados en las causas recogida s en los artículos 22 y 23 del
Las empresas y entidades que contaran con un ERE basado en las causas recogidas en el
artículo 22 del RDL 8/2020,quedaron exoneradas del abono de la aportación empresarial a la
cotización a la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta, en distintos porcentajes
que se relacionaban en el artículo 4, punto primero, del RDL 24/2020.
De otra parte, qu edaban exoneradas del abono de la ap ortación empresarial a la cotización a
la Seguridad Social y por conceptos de recaudació n conjunta, en los porcentajes y condiciones
recogidos en el artículo cuarto, apartado segundo, del RDL 24/2020:

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