Notificación de la sentencia dictada en el juicio verbal número 805/2016. [2018/4894]
Sección | IV - Administración de Justicia |
Emisor | Juzgado de Primera Instancia número 09 de Alicante |
En el presente procedimiento juicio verbal número 805/2016, seguido a instancia de Pedro Manzano Raja frente a Vicente Arques Pina, Juana María González Robles, Joannes Ply, Josiane Ply y FIATC Seguros, se ha dictado sentencia de fecha 16 de junio de 2017, cuyo tenor literal es el siguiente:
Sentencia número 133/2017
Juez que la dicta: María Fernanda Lorite Chicharro
Lugar: Alicante
Fecha: 16 de mayo de 2017
Parte demandante: Pedro Manzano Raja
Abogado: Flora Ibáñez Martín
Procurador: Pascual Moxica Pruneda
Parte demandada:Vicente Arques Pina, Juana María González Robles
Abogado: Francisco Javier Girón Giménez
Procurador: Fernando Vidal Ballenilla
Parte demandada: FIATC Mutua de Seguros y Reaseguros a prima fija
Abogado: Patricia García Alcocel
Procurador: José Manuel Gutiérrez Martín
Parte demandada: Joannes Ply, Josiane Ply
Objeto del juicio: reclamación de cantidad
Fallo
Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por Pedro Manzano Raja frente a Vicente Arques Pina y Juana María González Robles y frente a Joannes Ply, Josiane Ply y Fiact Mutua de Seguros Yy Reaseguros a prima fija debo:
1. Absolver y absuelvo a Vicente Arques Pina y Juana María González Robles de las pretensiones deducidas en su contra con todos los pronunciamientos favorables.
2. Con imposición de las costas a la parte actora.
3. Condenar y condeno a Joannes Ply, Josiane Ply y FIACT Mutua de Seguros y Reaseguros a prima fija a indemnizar al actor Pedro Manzano Raja en los daños y perjuicios sufridos en la cantidad de dos mil setecientos cuarenta y cuatro euros (2744. €) y a la reparación efectiva del origen del daño valorada en ciento setenta y nueve euros con treinta y cuatro céntimos de euro (179,34. €)
4. Condenar y condeno a Joannes Ply, Josiane Ply y FIACT Mutua de Seguros y Reaseguros a prima fija a indemnizar al actor Pedro Manzano Raja en los intereses legales de la citada cantidad.
5. Todo ello, con expresa imposición de costas a la parte demandada Joannes Ply, Josiane Ply y Fiact Mutua de Seguros y Reaseguros a prima fija.
Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Alicante (art. 455, LECn).
El recurso se interpondrá ante el tribunal que haya dictado la resolución que se impugne en el plazo de 20 días contados desde el...
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