STSJ Murcia 27/2008, 25 de Enero de 2008
Ponente | LEONOR ALONSO DIAZ-MARTA |
ECLI | ES:TSJMU:2008:93 |
Número de Recurso | 503/2007 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 27/2008 |
Fecha de Resolución | 25 de Enero de 2008 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.MURCIA SALA CON/AD
MURCIA
SENTENCIA: 00027/2008
ROLLO DE APELACIÓN nº 503/07
SENTENCIA nº 27/08
LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA
SECCIÓN SEGUNDA
compuesta por los Ilmos. Srs.:
D. Abel Ángel Sáez Doménech
Presidente
Dª. Leonor Alonso Díaz Marta
D. Joaquín Moreno Grau
Magistrados
ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA nº 27/08
En Murcia a veinticinco de enero de dos mil ocho.
En el rollo de apelación nº 503/07 seguido por interposición de recurso de apelación contra la sentencia nº 112/07, de 20 de febrero, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 3 de Murcia dictada en el recurso contencioso administrativo 104/06, tramitados por las normas del procedimiento abreviado, en cuantía indeterminada, en el que figuran como parte apelante la Delegación del Gobierno representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado y como parte apelada D. Narciso, representado y defendido pro el Letrado Sr. Andujar Camacho, sobre denegación del permiso inicial de residencia y de trabajo; siendo Ponente la Magistrada Iltma. Sra. Dª Leonor Alonso Díaz Marta, quien expresa el parecer de la Sala.
ÚNICO.- Presentado el recurso de apelación referido, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 3 de Murcia, lo admitió a trámite y después de dar traslado del mismo a la Administración demandada para que formalizara su oposición, remitió los autos junto con los escritos presentados a la Sala, la cual designó Magistrado ponente y acordó que quedaran los autos pendientes para dictar sentencia; señalándose para que tuviera lugar la votación y fallo el 11 de enero de 2008.
El Juzgado de instancia estima el recurso contencioso administrativo formulado contra la resolución de la Delegación del Gobierno de Murcia de 2 de noviembre de 2005, recaída en el expediente NUM000 que deniega al recurrente la autorización inicial de residencia y de trabajo solicitada al amparo del proceso de normalización previsto en la disposición transitoria 3ª del R.D. 2393/2004, por tener un informe desfavorable de la policía donde figura que se encuentra encartado en Diligencia Policiales nº 3089/04 de fecha 19/08/04 del Juzgado Decano de Denia, por entender que no son suficientes los antecedentes policiales para denegar dicha autorización, sin que conste que tenga antecedentes penales, al desconocer el resultado final de los antecedentes policiales en los que el recurrente aparece como encartado, y que no se han traducido en resolución alguna condenatoria.
El Abogado del...
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