Orden de 12 de marzo de 1984 por la que se aprueba la Norma de calidad para Setas comestibles con Destino al Mercado interior.

MarginalBOE-A-1984-6654
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJuntas Electorales Provinciales
Rango de LeyOrden

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 2257/1972, de 21 de Julio, por el que se regula la normalización de productos Agricolas en el Mercado interior, parece oportuno dictar la presente Norma de calidad, visto el informe de La Comisión Interministerial para la ordenación Alimentaria y de conformidad con los acuerdos del forppa

En su virtud, a propuesta de los ministros de Agricultura, pesca y Alimentación, de economía y Hacienda y de sanidad y consumo

Está presidencia del Gobierno dispone:

Primero.-Se aprueba la Norma de calidad para las Setas comestibles con Destino al Mercado interior , que se recoge en el anejo Unico de está orden

Segundo.-La presente orden entrará en vigor en todo el territorio del estado español a los séis meses de su publicación en el

Tercero.-Para su venta al público, los detallistas podrán disponer las Setas en sus envases de origen o fuera de ellos, pero siempre colocando un rotulo en posición bien visible en dónde figuren los datos de la categoría comercial correspondiente a la mercancía exhibida

La parte de mercancía expuesta al público será representativa del conjunto del lote y siempre se conservará una separación Clara entre lotes de Setas de distinto general y especie y categoría comercial

En el casó de que las Setas se presenten al público preenvasadas , tendrán que cumplir las siguientes condiciones de etiquetado:

Nombre o razón Social o denominación del envasador o importador y su domicilio

Categoría comercial y calibre, en su casó

Contenido neto

El empleó de los colores que se establecen para las etiquetas de las diferetes categorías comerciales será potestativo. En ningún casó se admitirá el uso de impresiones o grabados o colores en la etiqueta que puedan inducir a error sobre la categoría comercial declarada

Cuarto.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto 2257/1972 , de 21 de Julio, y Disposiciones concordantes, los departamentos competentes velarán por el cumplimiento de los dipsuesto en la presente orden a Traves de sus Organos administrativos encargados, que coordinarán sus actuaciones, en todo casó, sin perjuicio de las competencias que correspondan a las Comunidades Autónomas y a las Corporaciones Locales

Quinto.-Se faculta al forppa para dictar, en el ámbito de sus competencias, las Disposiciones complementarías precisas para la Aplicación de la presente Norma o, en su casó, para establecer , siempre que cumplan las características mínimas, las variaciones que las circunstancias aconsejen

Madrid, 12 de marzo de 1984.-Moscoso del Prado y Muñoz

Anejo Unico

Norma de calidad para seras comestibles con Destino al Mercado interior

  1. Definicion del producto

    La presente Norma se refiere a los cuerpos fructiferos pertenecientes a todos los géneros y especiaes de Setas comestibles (en adelante setas), tanto cultivadas cómo silvestres, destinadas a ser suministradas al consumidor en estado fresco, con la exclusión de las utilizadas para la transformación industrial, las del Genero y las cultivadas del Genero , que son objeto de una Norma específica, y las del Genero

  2. Objeto de la Norma

    La presente Norma tiene por objeto definir las características de calidad, envasado y presentación que deben reunir las Setas despúes de su Acondicionamiento y manipulación para su adecuada Comercializacion en el Mercado interior

  3. Características mínimas de calidad

    En Todas las categorías las Setas deben estar:

    Enteras

    Con aspecto fresco

    Sanas; se excluyen en todo casó las Setas afectadas de podredumbre o alteraciones tales que las hagan imporpias para el consumo

    Exentas de insectos y otros parásitos

    Limpias; exentas de restos visibles de productos de tratamiento y de cuerpos extraños distintos de la Tierra de cobertura, no permitiéndose el lavado

    Exentas de humedad exterior anormal

    Exentas de daños causados por las heladas

    Exentas de olores y/o sabores extraños

    Con el micelio (raiz) eliminado por un corte neto

    Las Setas...

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