STSJ Andalucía , 19 de Septiembre de 2002

PonenteMANUEL LOPEZ AGULLO
ECLIES:TSJAND:2002:12567
Número de Recurso163/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución19 de Septiembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

1 SENTENCIA Nº DE 2.002 SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO. MÁLAGA ILUSTRÍSIMOS SEÑORES:

PRESIDENTE D. JOAQUÍN GARCÍA BERNALDO DE QUIRÓS MAGISTRADOS D. MANUEL LÓPEZ AGULLÓ

Dª. MARIA DEL ROSARIO CARDENAL GÓMEZ

En la Ciudad de Málaga a diecinueve de septiembre de dos mil dos.- Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Málaga, constituida para el examen de este caso, ha pronunciado en nombre de S.M. el REY, la siguiente Sentencia en el recurso de apelación número 163 del año 2.001, interpuesto por EL SERVICIO ANDALUZ DE SALUD, contra la Sentencia de 26 de abril de 2.001, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número Dos, y como parte apelada D. Franco , D. Pedro Jesús , D. Santiago y D. Gaspar .

Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON MANUEL LÓPEZ AGULLÓ, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Procurador Sr. Páez Gómez, en representación de por D. Franco , se interpuso ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número Dos de Málaga recurso contencioso administrativo contra resolución del Servicio Andaluz de Salud, registrándose el recurso con el número 274/1999.

SEGUNDO

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número Dos de Málaga, dictó Sentencia de 26 de abril de 2.001 , cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: "Que estimando PARCIALMENTE el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por D. Franco , representado por el Procurador Sr. Páez Gómez, contra la resolución descrita en el Antecedente de Hecho Primero de esta Sentencia, se dispone el cese de la actuación administrativa consistente en la adscripción del Sr. Santiago al puesto de Jefe del Servicio de Cirugía General y Digestiva del Hospital Clínico Universitario de Málaga que venía desempeñando hasta su fallecimiento el Dr. Felipe , debiendo seguir el procedimiento oportuno para la desaparición de la duplicidad de Jefaturas de dicho Servicio, cuando desaparezcan las limitaciones previstas para la desdotación en la Resolución 5/99, y en concreto deje de estar ocupada la plaza cuya amortización se solicita, en cuyo momento deberá procederse a su amortización y todo ello sin expresa condena en costas a ninguna de las partes".

TERCERO

Contra dicha Sentencia por la representación procesal de la parte demandada se interpuso Recurso de Apelación, el que fue admitido a trámite, dándose traslado a las demás partes personadas, por quince días, para formalizar su oposición, remitiéndose seguidamente las actuaciones a esta Sala de lo Contencioso Administrativo, quedando registrado el recurso de apelación con el número 163 del año 2.001.

CUARTO

No habiéndose solicitado celebración de vista o presentación de conclusiones, quedaron los autos, sin más trámite para votación y fallo, designándose Ponente al Ilmo. Sr. D. MANUEL LÓPEZ AGULLÓ, señalándose votación y fallo para el día 18 de septiembre de 2.002, en que ha tenido lugar.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Solicitó la parte apelante -Servicio Andaluz de Salud-, el dictado de sentencia revocatoria de la instancia que desestime el recurso contencioso-administrativo interpuesto de adverso, citando al efecto como infringidos, por interpretación errónea, los preceptos contenidos en la Orden de 5 de febrero de 1.985, reguladora del sistema de promoción a los puestos de...

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