DECRETO 280/1989, de 29 de Diciembre, por el que se nombra al Presidente y a los miembros del Consejo Social de la Universidad del País Vasco/ Euskal Herriko Unibertsitatea que se determinan
Sección | 2 - Disposiciones No Normativas |
Emisor | Educacion, Universidades e Investigacion |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO 280/1989, de 29 de Diciembre, por el que se nombra al Presidente y a los miembros del Consejo Social de la Universidad del País Vasco/ Euskal Herriko Unibertsitatea que se determinan
En virtud del artículo 1. de la Ley 6/1985, de 27 de junio, por la que se crea y regula el Consejo Social de la
Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea, éste es el órgano de gobierno universitario que garantiza la participación de la sociedad vasca en esta Universidad.
A fin de articular esa garantía de participación, dicha Ley, modificada por la Ley 8/1989, de 6 de Octubre, que sustituye el artículo 3 de la Ley 6/85, de 27 de Junio, por la que se crea y regula el Consejo Social de la Universidad del País Vasco/Euskal
Herriko Unibertsitatea, atribuye a l3 Universidad del País Vasco, a las Instituciones representativas comunes y forales y a las organizaciones sindicales y empresariales la facultad de designar a los miembros del mismo en su artículo 3.
En virtud de lo anterior, por el Decreto 193/1987, de 19 de mayo, se procedió al nombramiento de los miembros del Consejo Social de la
Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea, cuya designación corresponde al Parlamento Vasco.
Por otra parte, se ha realizado la designación por la Junta de
Gobierno de la Universidad, por las Juntas Generales de los
Territorios Históricos, por las organizaciones sindicales con representación institucional en la Comunidad Autónoma y por la
Confederación Empresarial Vasca de sus respectivos representantes en el Consejo Social de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko
Unibertsitatea, de conformidad con lo previsto en el artículo único, apartado 1., de la Ley 8/1989, de 6 de Octubre, que sustituye el artículo 3 de la Ley 6/85, de 27 de Junio, por la que se crea y regula el Consejo Social de la Universidad del País Vasco/Euskal
Herriko Unibertsitatea.
Asimismo, el Parlamento Vasco, en uso de la atribución conferida en el apartado 2. del último artículo citado, en la Sesión del Pleno
Ordinario del día 17 de noviembre de 1989 ha acordado la designación del Presidente del
Consejo Social y la sustitución de dos de sus representantes en el
Consejo Social por otros dos miembros.
Por último, el apartado 4. del artículo único de la Ley 8/1989, de 6 de Octubre, que sustituye el artículo S de la Ley 6/85, de 27 de
Junio, por la que se...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba