SAP Madrid, 25 de Febrero de 2002

PonenteVICTORIANO DOMINGO LOREN
ECLIES:APM:2002:2855
Número de Recurso45/2002
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución25 de Febrero de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 15ª

SENTENCIA Núm.

Ilmos. Sres.

D./Dª. JOSÉ FRANCISCO VALLS GOMBAU

D./Dª. VICTORIANO DOMINGO LOREN

D./Dª. AMELIA MATEO MARCO

Enla ciudad de Barcelona, a veinticinco de febrero de dos mil dos.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Décimo-Séptima de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de procedimiento ordinario, nº 201/2001 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 22 de Barcelona, a instancia de D/Dª. David , contra D/Dª. Carlos José ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 19 de octubre de 2001, por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora DI María Isabel Palet Borrell en nombre y representación de D. David contra D. Carlos José Procurador de los Tribunales que se representa en los presentes autos a sí mismo y en su consecuencia declaro que el demandado en su actuación aquí enjuiciada incurrió en negligencia profesional, condenando al citado demandado a que haga pago al actor de la suma de 1.000.000.- ptas. Sin hacer expresa condena en costas, debiendo cada parte abonar las causadas a su instancia y las comunes por mitad."

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 21 de febrero de 2002.CUARTO.-En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. VICTORIANO DOMINGO LOREN.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Debe partirse para el enjuiciamiento del presente recurso de un dato básico: el procurador actor infringió una de sus obligaciones fundamentales de su profesión privando al demandado de una posibilidad que la ley le reconoce, la de recurrir una sentencia que le era desfavorable, vulnerándose su derecho constitucional a obtener la tutela judicial efectiva, lo que por si solo comporta un daño moral. La sentencia de instancia en cuanto condenatoria debe por ello ser confirmada.

El problema de autos radica únicamente en fijar el importe de la indemnización lo que nos traslada al caso concreto debatido, en el que son de destacar una serie de datos, acreditados en autos, que deben tenerse en cuenta a la hora de fijar el quantum indemnizatorio y, que son

  1. la materia sobre la que versaban las expectativas del actor, limitada el...

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