STSJ Andalucía , 15 de Mayo de 2000

PonenteRAFAEL TOLEDANO CANTERO
ECLIES:TSJAND:2000:7165
Número de Recurso1390/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución15 de Mayo de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO 1390/1996 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SENTENCIA NÚM. 656 DE 2.000 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Ilmo. Sr. Presidente:

Don José Antonio Santandreu Montero Ilmos. Sres. Magistrados Don Rafael Toledano Cantero Don Ernesto Eseverri Martínez

En la ciudad de Granada, a quince de mayo de dos mil. Ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso número 1390/1996, seguido a instancia de DON Santiago Y DOÑA Amelia , Herederos de don Ismael , que comparece representada y defendida por el Letrado Sr. Torres Molina González, siendo parte demandada la ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, en cuya representación y defensa interviene el Sr. Abogado del Estado. La cuantía del recurso es de 2.

663.138 ptas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso se interpuso el día 13/04/1996, contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía, Sala de Granada, de fecha 26 de diciembre de 1995 , expediente 18/3151/93, por la que se desestima la reclamación económico administrativa interpuesta por doña Amelia en nombre propio y de los Herederos de don Ismael , contra la resolución del Director Provincial de Trabajo y Seguridad social de fecha 25 de octubre de 1993 , expediente de recurso 381/93, por la que se desestima el recurso administrativa interpuesto por la actora contra la providencia de subasta de bienes inmuebles embargados en expediente de apremio por diversas certificaciones de descubierto, por importe total de 2.683.138 ptas, expedida con fecha 10 de septiembre de 1993. Admitido a trámite el recurso se acordó reclamar el expediente administrativo, que ha sido aportado.

SEGUNDO

En su escrito de demanda la parte actora expuso cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación y terminó por solicitar se dictase sentencia estimando el recurso y se declare la improcedencia e ilegalidad de dichas resoluciones por ser contrarias a derecho y con ello las sanciones y liquidaciones que se sirven imponer a esta parte.

TERCERO

En su escrito de contestación a la demanda, la Administración demandada se opuso a las pretensiones del actor, y tras exponer cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación, solicitó se dictase sentencia desestimando el recurso y confirmando la resolución impugnada.

CUARTO

Acordado el recibimiento a prueba por plazo de treinta días comunes a las partes para proponer y practicar, en dicho período se practicaron aquellas pruebas que propuestas en tiempo y forma por las partes, la Sala admitió y declaró pertinentes, incorporándose las mismas a los autos con el resultado que en estos consta.

QUINTO

Declarado concluso el período de prueba y al no solicitar las partes la celebración de vista pública, ni estimarse necesario por la Sala, se acordó darles traslado para conclusiones escritas, cumplimentándose el mismo mediante escrito en que reiteraron las peticiones contenidas en los de demanda y contestación. Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora señalado en autos, en que efectivamente tuvo lugar, habiéndose observado las prescripciones legales en la tramitación del recurso.

Visto, habiendo actuado como Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Don Rafael Toledano Cantero.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso se dirige contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía, Sala de Granada, de fecha 26 de diciembre de 1995, expediente 18/3151/93, por la que se desestima la reclamación económico administrativa interpuesta por doña Amelia en nombre propio y de los Herederos de don Ismael , contra la resolución del Director Provincial de Trabajo y Seguridad social de fecha 25 de octubre de 1993, expediente de recurso 381/93, por la que se desestima el recurso administrativa interpuesto por la actora contra la providencia de subasta de bienes inmuebles embargados en expediente de apremio por diversas certificaciones de descubierto, por importe total de 2.683.138 ptas, expedida con fecha 10 de septiembre de 1993.

SEGUNDO

Por la Dirección Provincial de Granada de la Tesorería General de la Seguridad Social bajo el numero 87/1655 se tramita el expediente administrativo de apremio para hacer efectivos débitos correspondientes a diversas certificaciones de descubierto números 88/31297-31398;90/20946-1947-2180-3977-3978-3979-3980-3981-3982-1136-3968-3969-24187- 24188;91/6675-16520; 92/42593; 93/20.345; siendo el origen de las deudas diversas actas de infracción, liquidación de requerimientos de pago de cuotas a la Seguridad Social, ascendiendo el total de los débitos apremiados a 2.683.138 ptas. Con fecha 27 de junio de 1989 se dictó providencia de embargo de bienes del deudor dictándose posteriormente con fecha 28 de abril de 1992 diligencia de embargo de bien inmueble sito en C/ DIRECCION000 , finca registral NUM000 inscrita al folio NUM001 , tomo NUM002 del Registro de la Propiedad n. 1 de Granada. Con fecha 10 de septiembre de 1993 se dictó providencia de subasta del bien inmueble embargado, contra la que se interpuso recurso de reposición por la actora, que fue desestimado en la resolución de 25 de octubre de 1993, si bien la misma acordó la suspensión de la subasta en atención a la garantía de la deuda aportada. Contra dicha resolución se interpuso reclamación económico administrativa...

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