Decreto 2664/1974, de 30 de agosto, por el que se crea el Instituto Nacional de Enseñanza Media mixto de Cee (La Coruña).

MarginalBOE-A-1974-48939
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyDecreto
19336
,
20
septiemlii-é
1974B.
O.
ael
E.-Niím.
226
:....:.:.~----_.
18767
cuanto
se
dispone
en
este
Decreto
y
determinará
por
Orden
min'isterial
la'
fecha
de
comienzo
de
actividades
der
nuevo
Centro.
así
como
las.
enseftanzas
a
impartir
en
el
mismo.
As.i
lo
dispongo
por
el present.e·
Decreto,
dado
en
La
Corufia
a
treinta
de
agosto
de mil
novecientos
setenta
y
cuatro.
JUAN
CARLOS DE BORBON
?RINCIPE
IJE
ESPAÑA
El
Ministro
de
Educución
y
Ciencia,
CRUZ
MARTlNEZ
ESTERUELAS
DECRETO
2664/1974,
de
30
de aqosto,
por
el
que
se crea el
lnstítuto
Nadonal
de Enseñanz.a
Media
mixto
de Cee (La Coruña) .
Para
atender,
la
creciente
demanda
de
puestos
escolares
de
Bachillerato,
se
hace
preciso
crear
los
Centros
dOCentes
necesa-
rios
para
atender
a
la
misma
ajustándolos
a
las·
prescripciones
de
la
Ley
General
de
Educación.
En
su
virtud,
de
acuerdo
con lo
dispuesto
en
los
artículos
cuarto
el y
sesenta
y
uno
de
la
Ley'
General
de
Educación
ca·
t.orce/mil
novecientos
setenta,
de
Cuatro
de
agosto,
a
propuesta
d~l
Ministro
de
Educación
y
Ciencia
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
treinta
de
agosto
de
~n
novecientos
setenta
y
cuatro,
DISPONGO.
Articulo
primero.-Se
crea
'un
Instituto
NaclOnal
de
En¡:;e-
ñanza
Media
mixto
en
Cee
(La'
Coruña),
el
cual
entrara
en
fun-
cionamiento
el
próximo
curso
académico
mil
novecientos
se-
tenta
y
cuatro-setenta
y
cinco.
~TUculo
segundo.-Por
el
Ministerio
de
Educación
y
Ciencia
se
adoptarán
la~
medidas
necesarias
pura
la
ejecución
del
pre-
sente
Decreto.
Asi
10
dispongo
por
el
presente
Decreto,
dado
en
La
Coruña
a
treinta
de
agosto
de
mil
novecientos
se.tenta y
cuatro.
JUAN
CARLOS
DE
BORBON
PRINCIPE
DE
ESPAt~"A
El
Ministro
de
Educación
y
Ciencia,
CRUZ
MARTlNEZ
ESTERUELAS
noviembre},
tres
mil
trescientos
cinco/mil
novecientos
sesenta
yseis.,
de
veintinueve
de
diciembre
(o;:Boletín
Oficial
del
Estado"
de
veinticuatro
de
enero
de
mil
novecientos
sesehta. ysiete) y
mil
doscientos
veinticuatro/mil
novecientos
sesenta
yocho,
de
once
de
mayo
.(«Boletín Oficial
del
Estado.
de
diez
de
junio),
se
crearon
las
Seq;;iones
Delegadas:
Mixta
de
Alcoy
(Alicante),
del
Instituto
Nacioñal
de
Enseñanza
Media
mixto
de
Alcoy;
mixta
de
Astorga
(León),
del
Instituto
Nacional
de
Enseñanza
Media
mixto
de
Astorga,
y
masculina
de
CastelIón
de
la
Plana,
del
Ins-
tituto
Nacional
de
Enseñanza
Medie.
masculino
de
Caste1l6n
de
la
Plana,
respectivamente.
Por
cop.veniencias
del
servicio
e
in-
terés.
de
la
enseñanza,
c;lebe
procederse
a
la
extinción
de
las
S~cciones
Delegadas
de
referencia.
En
su
virtud,
de
acuerdo·
con
lo
dispuesto
por
Decreto
noven-
ta
y.
uno/mil
novecientos
sesenta
y
seis~
de
diecisiete
de
enero
l«Boletín
Oficial
del
Estado"
del
26),
regulador
de
las
Secciones
Delegadas
Je
los
Institutos
Nacionales
de
Bachillerato
y
en
el
artículo
cuarto
c)
de
la
Ley
General
de
Educación
catorce/mil
novecientos
setenta,
de
cuatro
de
agosto,
a
propuesta
del
Mi-
nistro
de
Educación
y
Ciencia
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
treinta
de
agosto
de
mil
no-
vecientos
setenta
y
cuatro,
DISPONGO,
Artículo
primero,-Con
efectos
de
finales
del
curso
académi-
co
mil
novecientos
setenta
y-tres·setenta
y
cuatro
quedan
ex-
tinguidas
las
Secciones
Delegadas:
Mixta
de
Alcoy .
(Alicante),
del
Instituto
Nacional
de
Enseñanza
Media
mixto
de
Alc0Yi
mixta
de
Amorga
(León),
del
Instituto
Nacional
de
Enseñanza
Media
de
Astorga,
y
mascm:na.
de
Castel1ón
de
la,
Plana;
del
Instituto
Nacional
de
Enseñanza
Media
masculino
de
Castel1ón
de
la
Pla-
na,
quedando
integrados
los
edificios
de
las
mismas
en
los
Ins-
Ututos
Nacionales
de
Enseñanza
Media
de
que
depende~
cada
une.
de
ellas.
'
Articulo
segundo.-Por
el
Ministerio
de
Educación
y
Ciencia
se
adoptarán
las
medidas
necesarias
para
la
ejecución
del
pre-
sente
Decreto.
Así lo
dispongo
por
el
presente
Decreto,
dado
en
La
Córuña
a
treinta
de
agosto
de mil
novecientos
setenta
y
cuatto,
JUAN
CARLOS
bE
BORBON
PRINCIPE
DE E5-PAÑA
El
Ministro
de
Educación
y
Ciencia,
CRUZ
MARTlNEZ
ESTERUELAS
18768
DECRETO
2665/1974,
de
30
de
agosto,
por
el
que
s@
crea
el
Instituto
-Nacional
de
Enseñanza
Medil'
de
Tolosa
(GuipÚzcoa).
187'10
DECRETO
2667/1974,
de
30
de
agosto,
por
el
que
se
extingue
la
Sección
Deleflada
mixta
del
Insti-
tuto
Nacional
de
Enseñanza
Media
mixto
de
San
Fernando
(Cádiz).
18769
Para
atender
la
creciente
demanda
de
puestos
ese,olares
d(;
Bachillerato,
se
hace
preciso
crear
los
Centros
docentes
necesa-
rios
para
atender
a
la
misma
ajustándolos
a
las
prescripciones
de
la
Ley
General
de
Educación.
En
su
virtud,
de
acuerdo
con lo
dispuesto
en
los
articulas
cuarto
el
Y.
sesenta
y
uno
de
la
Ley'
General
de
Educación
ca.-
torce/mil
novecientos
setenta,
de
cuatro
de
agostQ, a
propuesta
del
Ministro
de
!!:ducación y
Ciencia
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
treinta
de
agosto
de mil
novecientos
setenta
y
cuatro,
DISPONGO,
Artículo
_primero._Se
crea
Un
Instituto
Nacional
de
Ense-
ñanza
Media
lllixto
en
Tolosa
(GuipÚzcoa). el
cual
entrará
en
funcionamiento
el
próximo
curso
académico
mil
novecientos
setenta
y
cuatro-setenta
ycinco.
Artículo
segundo.-Por
el
Ministerio
de
Educación
y
Ciencia
se
adoptarán
las
'medidas
necesarias
para
la
6íecución
del
pre·
sente
Decreto.
As~
lo
dispongo
por
el
presente
Decreto,
dado
en
La
Coruña
a
tremta
de
agosto
de
mil
novecientos
setenta
y
cuatro.
JUAN
CARLOS DE
BORBON
PRINCIPE
DE
ESP~A
El
Ministro
de
Educación
y
Ciencia
CRUZ
MARTINEZ
ESTERUELAS
'
DECRETO
2666/1974,
de
30
de
agosto,
por
el
Q'ue
se
extinguen
las
Secciones
Deleaadas:
Mixta
de
Alcoy
(Alicante),
mixta
ae
Astorga
(León)
y
mascu-
lin.a
de
Castellón
de
la
Plana.
Por
Decretos
del
Ministerio
de "E:ducución y
Ciencia
tres
mil
qu.ini~ntos
veintinueve/mil
novecientos
se&enta. y
cuatro:
de
veIntidós
de
octubre
{«Boletín
Oficial
del
Estado"
de
once
de
Por
Decreto
del
Ministerio
de
Educación
y
Ciencia
mil se-
senta
y
seis/mil
novecientos
'sesenta
y
nueve,
de
veintidós
de
mayo
e.Boletín
Oficial
del
Estado:>
de
cuatro
de
junio),
se
creó
la
Sección
Delegada
mixta
del
Instituto
Nacional
de
Enseñanza
Media
mixto
de
San
Fernando
(Cádiz).
Por
conveniencias
del
servicio
e
interés
de
la
enseñanza,
debe
procederse
a
la
extin-
ción
de
la
Sección
Delegada
de
referencia,
En
su
virtud,
de
acuerdo
COD lo
dispuesto
por
Decreto
noven·
ta
y
uno/mil
novecientos
sesenta
yseis,
de
diecisiete
de
enero
(•.Boletín
Oficial
del
Estado-
der
veintiséis),
regulador
de
..las
Secciones
Delegadas
de los
Institutos
Nacionales
de
Enseñanza
Media, y
en
el
articulo
cuarto
el
de
la
Ley
General
de
Educación
catorce/mil
novecientos
setenta,
de
cuatro
de
agosto,
a
pro--
puesta
del
Ministro
de
Educación
y
Ciencia
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
treinta
de
agos-
to
de
mil
novecientos
setenta
y
cuatro,
DISPONGO,
Artículo
primero:-Con
efec:os
del
curso
académico
mil
no-
vecientos
setenta
y
cuatro-setenta
y
cinco
queda
extinguida
la
Sección
Delegada
mixta
del
Instituto
Nacional
de
Enseñanza
Media
mixto
de
Sah
Fernando
(Cádiz).
Artículo
segundo.-Por
la
Dirección
General
de
'Personal
del
Ministerio
de
Educación
y
Ciencia
se
adoptarán
las
medidas
procedentes
en'
relación
con
el
personal
docente
de
la
extingui-
da
Sección
Delegada.
Artículo
tercero.-Por
el
Ministerio
de
Educación
y
Ciencia
se
adoptarán
las
medidas
necesarias
para
la
ejécución
del
pre~
sente
Decreto.
Así
10
disp~lDgo
por
el
presente
Decreto,
dado
en
La
Coruña
~
treinta
de
agosto
de
mil
:lovecientos
setenta
y
cuatro.
JUAN
CARLOS
DE
BORBON
PRINCIPE
DE E5PAt'J"A
ELMinlstro
de
Educación
y
Ciencia,
CRUZ MARTINEZ'ESTERUELAS

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