Decreto n.º 123/2013, de 20 de septiembre, por el que se crea y regula el Consejo Asesor Regional de Salud Mental de la Región de Murcia.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

El artículo 43 de la Constitución Española reconoce el derecho a la protección de la salud y establece que los poderes públicos organizarán y tutelarán la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. Por su parte, el artículo 49 del texto constitucional establece que los poderes públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a los que prestarán la atención especializada que requieran y los ampararán para el disfrute de los derechos que el Título I otorga a todos los ciudadanos.

El Estatuto de Autonomía para la Región de Murcia, aprobado por la Ley Orgánica 4/1982, de 9 junio establece en su artículo 11 que en el marco de la legislación básica del Estado y, en su caso, en los términos que la misma establezca, corresponde a la Comunidad Autónoma el desarrollo legislativo y la ejecución en materias de sanidad, higiene, ordenación farmacéutica y coordinación hospitalaria en general, incluida la de la Seguridad Social, sin perjuicio de lo dispuesto en el número 16 del artículo 149.1 de la Constitución.

El artículo 14 de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, define la atención sociosanitaria como el conjunto de cuidados destinados a aquellos enfermos, generalmente crónicos, que por sus especiales características pueden beneficiarse de la actuación simultánea y sinérgica de los servicios sanitarios y sociales para aumentar su autonomía, paliar sus limitaciones o sufrimientos y facilitar su reinserción social y que comprenderá, en su caso, los cuidados sanitarios de larga duración, la atención sanitaria a la convalecencia y la rehabilitación en pacientes con déficit funcional recuperable, garantizando, por tanto, la continuidad del servicio por los servicios sanitarios y sociales a través de la adecuada coordinación entre las Administraciones públicas correspondientes.

La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, entre ellas, las personas con enfermedad mental grave, contempla entre sus fines la atención a las personas en situación de dependencia de forma integral e integrada, la transversalidad de las políticas de atención a las personas en situación de dependencia, el establecimiento de las medidas adecuadas de prevención y rehabilitación, la promoción de las condiciones precisas para que las personas en situación de dependencia puedan llevar una vida con el mayor grado de autonomía posible, la permanencia de las personas en situación de dependencia, siempre que sea posible, en el entorno en el que desarrollan su vida, y la calidad, sostenibilidad y accesibilidad de los servicios de atención a las personas en situación de dependencia.

La Estrategia en Salud Mental del Sistema Nacional de Salud recomienda, en el ámbito territorial de las diferentes Comunidades Autónomas, la creación de una Comisión de Coordinación Interdepartamental entre las Consejerías competentes en materia de Salud, Servicios Sociales, Trabajo, Educación, entre otras, con el fin de integrar las políticas de salud mental y asesorar en la elaboración del Plan de Salud Mental Autonómico.

El vigente Plan de Salud Mental de la Región de Murcia, prevé en su apartado VIl.3, relativo a Coordinación interinstitucional e intrainstitucional, entre otras medidas, la creación de una Comisión Asesora Regional en materia de Salud Mental con la participación de asociaciones de familiares y sociedades científicas que participen en la planificación y evaluación de servicios.

Considerando que la salud mental constituye un problema de salud importante por su elevada morbilidad e importantes repercusiones sobre la calidad de vida de los/las pacientes y entorno familiar, y teniendo en cuenta asimismo la complejidad de las decisiones a adoptar, los...

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