Conclusión

AutorJuan Ignacio Piña Rochefort
Cargo del AutorProfesor de Derecho Penal. Universidad de los Andes, Chile
  1. La teoría del rol que hemos intentado perfilar sostiene que el análisis sistémico debe desvincularse de la idea de «todo» y «partes». La unidad mínima de los sistemas trasciende tanto a los elementos que los integran como a las relaciones que vinculan a dichos elementos. Por el contrario, dichas unidades mínimas son constructos sistémicos que acoplan al elemento y la función que está llamado a desempeñar. Dichos constructos son los roles y en términos abstractos constituyen la unidad mínima de todo sistema.

  2. La formación de los roles consiste en la diferenciación de funciones y la asignación de ellas a elementos capaces de desempeñarlas en los sistemas sociales. Dicha asignación de funciones se ve cristalizada en la dirección de expectativas (que se traducen en normas) a los elementos para los que dicha función se ha diferenciado. Mediante dichas normas puede determinarse (y juzgarse) el desempeño del elemento respecto de las expectativas que se le dirigen.

  3. En el plano de los sistemas sociales, los roles son el conjunto de expectativas sociales dirigidas a un individuo en una determinada ubicación social. Dichas expectativas forman una estructura social que es recibida por el individuo (en cuanto sujeto) en forma de normas. La comunicación e internalización de dichas normas constituyen el proceso de socialización.

  4. Sólo pueden defraudarse las expectativas sociales que son parte del rol como estructura social; cualquier otra defraudación es irrelevante socialmente (aunque pueda tener relevancia en otros ámbitos). Las expectativas sociales comunicadas orientan la conducta de su destinatario, y dichas orientaciones pueden darse de un modo directo o de un modo reflexivo (como expectativas de expectativas). Las normas, en cuanto forma de expresión de las expectativas sociales, orientan la conducta de los partícipes del sistema.

  5. Cada sistema funciona clausurado operacionalmente, de modo que diferencia por sí mismo las expectativas y las normas que en su operación resultan válidas. Esta diferenciación puede tomar la forma de constitución o re-validación de normas, pero siempre es un proceso cerrado, en que la apertura del sistema es sólo cognitiva, de modo que sólo él puede asignar valor normativo a las cogniciones recibidas. No es posible la comunicación de normas de un sistema social a otro, sino sólo de cogniciones. Cada sistema determina si otorga o no valor normativo a dichas cogniciones.

  6. Si las expectativas (y por ende roles y...

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