Decreto 46/1983 de 23 de febrero, por el que se modifican el Decreto 45/1982, de 4 de agosto y el 128/1982, de 13 de octubre sobre estructura orgánica de la Consejería de Educación, creando la Dirección General de Personal. 

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE EDUCACION
Rango de LeyDecreto

La entrada en vigor del Real Decreto 3936/1982, de 29 de Diciembre sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Educación, implica el ejercicio de numerosas competencias en materia de gestión de personal, recogidas en el apartado B), g) del citado Real Decreto 3936/1982. Estas competencias, complejas por su propia naturaleza, tienen especial relevancia al considerar que el número de funcionarios es de 50.960.

Los Decretos que se modifican diseñaban una estructura orgánica de la Consejería de Educación coherente con el nivel de competencias educativas y a su ejercicio, en una línea de racionalidad administrativa y de ahorro del gasto público. Por último, es evidente la dimensión principal que una acertada política de personal ha de tener en un área de la administración en la que la mayor parte de su gestión corresponden al capítulo de personal, y no sólo en términos presupuestarios, sino también profesionales y sociales. Parece, por tanto ello, conveniente que se proceda a dotar a la Consejería de Educación del órgano directivo necesario para poder asumir eficazmente la gestión de personal y la aplicación de una política de personal coherente con el discurso de investidura del Presidente de la Junta.

EN su virtud, previo informe de la Consejería de Hacienda, con la conformidad de la Consejería de Presidencia y a propuesta del Consejero de Educación, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 23 de Febrero de 1983.

DISPONGO

Art. 1º

Se creta la Dirección General de Personal, que se incardina, como un Centro Directivo más en la estructura de la Consejería de Educación, establecida en el art. 1º del Decreto 128/1982.

Art. 2º

La Dirección General de Personal tendrá a su cargo la programación de efectivos y gestión de todo el personal dependiente de la Consejería de Educación. A estos efectos, y aplicando los criterios y líneas básicas que sobre política de personal se establezcan con carácter general para toda la Administración de la Comunidad Autónoma, le corresponde la elaboración y propuesta de las políticas sectoriales específicas, así como la convocatoria y tramitación de los concursos-oposición, concursos de traslados y actos de personal, así como la gestión de las retribuciones de todo el personal dependiente de la Consejería de Educación.

Art. 3º

Se...

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