Modificaciones del artículo 5 de los Estatutos de la Sociedad Europea para la financiación de material ferroviario (EUROFIMA), adoptadas en Berlín el 31 de marzo de 2020 y en Utrecht el 15 de septiembre de 2020. Texto consolidado de los Estatutos de EUROFIMA.

Fecha de Entrada en Vigor15 de Septiembre de 2020
MarginalBOE-A-2021-5865
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

La Junta General Extraordinaria de EUROFIMA, celebrada Berlín el 31 de marzo de 2020, modificó el artículo 5 de los Estatutos de la Sociedad acordando que a partir de ese momento se sustituían los siguientes nombres de los Ferrocarriles de la República de Macedonia del Norte:

– el nombre «Makedonski Zeleznici-Transport AD», que queda sustituido por «Zeleznici na Republika Severna Makedonija Transport AD – Skopje».

– y el nombre «Javno pretprijatie Makedonski Zeleznici-infrastruktura», que queda sustituido por «Javno pretprijatie za zeleznicka infrastruktura Zeleznici na Republika Severna Makedonija – Skopje».

Asimismo, la Junta General Extraordinaria de accionistas de EUROFIMA, celebrada en Utrecht, Países Bajos, el 15 de septiembre de 2020, modificó también el texto del artículo 5 de los Estatutos de la Sociedad indicando que a partir de ese momento el nombre de Ferrocarriles del Estado noruego queda sustituido por «Vygruppen AS».

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Las modificaciones de este artículo entraron en vigor, con carácter general y para España, el 31 de marzo de 2020 y el 15 de septiembre de 2020, respectivamente, de conformidad con lo dispuesto en la letra d) del artículo 2 del Convenio relativo a la Constitución de «EUROFIMA», hecho en Berna el 20 de octubre de 1955.

Para conocimiento general, se reproduce a continuación el texto consolidado de los Estatutos de EUROFIMA, en el que se incluyen todas las modificaciones a los mismos aprobadas hasta la fecha.

Madrid, 5 de abril de 2021.–El Secretario General Técnico, José María Muriel Palomino.

EUROFIMA. Sociedad Europea para la financiación de material ferroviario

ESTATUTOS

Aprobados por decisión de las Juntas Generales de: 20 de noviembre de 1956, 28 de febrero de 1962, 12 de enero de 1965, 26 de febrero de 1970, 19 de febrero de 1976, 1 de febrero de 1984, 2 de febrero de 1990, 27 de marzo de 1992, 17 de mayo de 1993, 15 de diciembre de 1993, 14 de diciembre de 1994, 5 de diciembre de 1996, 11 de diciembre de 1997, 4 de junio de 1999, 16 de diciembre de 1999, 15 de junio de 2001, 13 de diciembre de 2001, 21 de marzo de 2002, 13 de septiembre de 2002, 28 de marzo de 2003, 12 de diciembre de 2003, 18 de junio de 2004, 16 de diciembre de 2004, 18 de marzo de 2018, 23 de junio de 2006, 29 de septiembre de 2006, 21 de septiembre de 2007, 14 de diciembre de 2007, 26 de marzo de 2010, 25 de marzo de 2011, 16 de septiembre de 2011, 16 de diciembre de 2011, 14 de diciembre de 2012, 21 de marzo de 2014, 19 de junio de 2014, 12 de diciembre de 2014, 11 de diciembre de 2015, 3 de junio de 2016, 30 de diciembre de 2016, 6 de marzo de 2018, 5 de junio de 2018, 31 de marzo de 2020 y 15 de septiembre de 2020.

Razón social, sede, objeto y duración de la Sociedad

Artículo 1

Queda constituida, bajo la razón social «Eurofima» Sociedad Europea para la Financiación de Material Ferroviario («Eurofima» Société européenne pour le financement de matériel ferroviaire, «Eurofima» Europäische Gesellschaft für die Finanzierung von Eisenbahnmaterial, «Eurofima» Società europea per il finanziamento di materiale ferroviario, «Eurofima» European Company for the Financing of Railroad Rolling Stock), una Sociedad por acciones, regida por el Convenio internacional relativo a la constitución de dicha Sociedad, por los presentes Estatutos y, con carácter subsidiario, por la Ley del Estado sede.

Artículo 2

La sede de la Sociedad queda establecida en Basilea (Suiza).

Artículo 3

La Sociedad tiene como fin suministrar o financiar material rodante a todos los accionistas, ya sea i) para sus propias actividades, ii) para las actividades de las empresas controladas por un accionista o vinculadas a él o iii) para las actividades de una empresa no controlada por un accionista ni vinculada al mismo, a condición de que dicha empresa sea una administración ferroviaria con arreglo a la definición del párrafo segundo del artículo 9 (para evitar toda duda, esta podrá pero no deberá ser un accionista).

La Sociedad puede, asimismo, suministrar o financiar material rodante directamente a administraciones ferroviarias que no sean accionistas, a condición de que uno o varios accionistas actúen como garantes principales de los compromisos asumidos por dichas administraciones ferroviarias frente a la Sociedad.

La financiación que conceda la Sociedad deberá ajustarse a las políticas adoptadas por el Consejo de Administración de conformidad con el artículo 21.

La Sociedad captará los fondos necesarios, independientemente de su propio capital, en forma de empréstitos. Efectuará todas las operaciones comerciales y financieras útiles para la realización de su objeto.

Artículo 4

La Sociedad se establece por una duración de cincuenta años. Después de la expiración de este periodo se prolongará por otros cincuenta años, o sea, hasta el 20 de noviembre de 2056.

Capital Social

Artículo 5

El capital social de la Sociedad está formado por el capital de clase A y el capital de clase B.

El capital de clase A de la Sociedad asciende a 2.600 millones de francos suizos abonados hasta la cantidad de 520 millones de francos suizos (20%). Está dividido en 260.000 acciones de un valor nominal de 10.000 francos suizos.

Con vistas a admitir a nuevos accionistas o, con carácter más general, aumentar su capital, la sociedad podrá crear capital de la clase B mediante la emisión de acciones de dicha clase íntegramente liberadas de un valor nominal de 100.000 francos suizos cada una.

Las acciones de clase B no generarán para sus titulares obligaciones de garantía en virtud del artículo 26.

Sin perjuicio del derecho de preferencia adscrito a las acciones de clase A, las de clase B confieren un derecho proporcional en el reparto de dividendos y el excedente de liquidación, al igual que las de clase A. Las acciones de clase A tienen adscrito un derecho de preferencia sobre el reparto de dividendos y el excedente de liquidación procedente de las reservas de la sociedad, a excepción del fondo de reserva ordinario previsto en el párrafo primero del artículo 29 (las «reservas facultativas») hasta un máximo igual al de las reservas facultativas de 31 de diciembre de 2017 (el «importe prioritario»). El importe prioritario a favor de las acciones de clase A se minorará del importe de los repartos de dividendos o pagos en el marco de las liquidaciones o recompras de acciones de clase A procedentes de las reservas facultativas, así como del importe neto de las pérdidas realizadas por los contratos de financiación formalizados antes del 1 de enero de 2018 y que no se hayan refinanciado a 1 de enero de 2018 o desde esa fecha, y se incrementará en un interés teórico aplicado y calculado sobre la cantidad restante de dicho importe prioritario, capitalizado anualmente todos los 31 de diciembre. El tipo de dicho interés será la media aritmética del rendimiento de las obligaciones de la Confederación Suiza a diez años (R10) publicado diariamente por el Banco Nacional de Suiza para el año natural transcurrido y, si fuere negativo, será igual a cero.

La Sociedad podrá, en todo momento, recomprar acciones de clase A o reducir el capital de dicha clase por decisión de los accionistas de la misma, sin hacer extensible dicha recompra o reducción de capital a los accionistas de clase B.

Cuando los accionistas de clase A se hayan desprendido de las obligaciones del artículo 26 y no quede pendiente ningún importe prioritario a favor de las acciones de clase A, la Sociedad podrá, por acuerdo de la Junta General, convertirlas en acciones de clase B. En caso de conversión de todas las acciones de clase A en acciones de clase B, estas últimas serán la única clase de acciones y los presentes Estatutos se modificarán para suprimir toda distinción entre ellas.

Cualquier solicitud ulterior de desembolsos de capital en relación con las acciones no íntegramente liberadas deberá ser aprobada por el Consejo de Administración de la Sociedad, conforme al punto 6 del párrafo tercero del artículo 21. El pago de los desembolsos de capital se hará efectivo directamente en la cuenta de la sociedad designada a estos efectos por el Consejo de Administración y los fondos abonados en dicha cuenta quedarán inmediatamente a disposición de la Sociedad. El Consejo de Administración modificará este artículo 5 con el fin de reflejar los desembolsos suplementarios abonados en la primera de las siguientes fechas: la fecha en que se hayan efectuado todos los desembolsos, o el 31 de diciembre siguiente a la solicitud de desembolsos de capital. El Consejo de Administración aprobará esta modificación y la notificará al Registro Mercantil, acompañada de la confirmación del Consejo de Administración de que la Sociedad ha recibido los desembolsos oportunos.

Tras la séptima ampliación de capital (1997), la cesión de acciones (2007) y la reasignación de acciones (2016), la distribución de las acciones queda establecida en la forma siguiente:

Acciones de clase A.

58.760 Deutsche Bahn AG (Ferrocarriles Alemanes, S. A.).
58.760 SNCF Mobilités (Empresa Pública de Transportes de la Sociedad Nacional de los Ferrocarriles Franceses).
35.100 Ferrovie dello Stato S.p.a. (Ferrocarriles del Estado Italiano S. A.).
25.480 SNCB (Sociedad Nacional de
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