Modificaciones propuestas por Francia y aceptadas por España a los anejos A y B del Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera (A. D. R.), hecho en Ginebra el 30 de septiembre de 1957.

MarginalBOE-A-1975-22798
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores
B.
O. del
E.-Niím.
266
6novíem6re 1975 23197
22798
Artíeulo
5Q
1. Toda.Parte
Contratante
.puede,
en
el momento de
la
firma
o
en
el
del
depósito
de
SU
instrumento
de
ratificación.
de
acepta-
ción
o
de
adhesión,
designar
el
o
los
territorios
a
los
cuales
se
aplicará
la
presente
Convención.
2.
Toda
Parte
Contratante
puede, en el nfomento
de
depósito
de
su
instrumento
de
ratificación,
de
aceptaCión
o
de
adhesión.
o
en
cualquier;
otro
momento
posterior,
extender
la
aplicación
de
la.
presente
Convención,
por
declaración
dirigida
al
Secre·
tario
general
del
Consejo
de
Europa,
a
cualquier
otro
territorio
designado
en
la
declaración
y
del
cual
8Sume
las, reI.aci.ones
internacionales
o
por
el
que
-ésté
habilitado
para
estipular.
3.
Toda
declaración
he.cha
en
virtud
del
párrafo
anterior
po·
drá
SBr
retirada,
en
lo
que
concierne
a
todo
territorio
designa-
do
en
esta
declaración,
en
las
condiciones
previstas.
en
el
ar-
tículo
51
de
la
presente.
Convención.
Articulo
5I
1.
La
presente
Convención
permanecerá
en
vigor
sin
limita-
ción
de
fecha.
2.
Toda
Parte
Contratante
podrá"
en
10
que
la
c:oncierne,
denunciar
la
prEilsente
Convenoión
dirigiendo
una
notificación
al
Secretario
general
del
Consejo
de
Europa.
3.
Le.
denuncia
surtirá
efecto
seis
meses
después
de
la
fecha
de
recepción
de.
la-
notificación
por
el
Secretario·
general.
Artículo
52
El
Secretario
general
del
Consejo
de
Europa.
notificará
a
los
Estados
miembros
del
Consejo
ya
todo
Estado
que
haya.
adheri-
dQ
a
la
presente
Convención;
(a)
toda
firma;
(b)
el
depósito
de
todo
instrumento
de
ratificación,
de
acep-
tación
o_
de
adhesión;
.(c)
toda
fecha.
de
entrada
en
vigor
de
la
presente
Conven~
ción,
conforme.
a
su
artículo
48;
(d) toda.
declaración
recibida
en
aplicación
de
los
párra-
fos
2y3
del
artículo
50: .
(e)
toda
declaración
r~cibida
en
aplicación
eLe
las
disposi~
ciones
del
artículo
·51
y
la
fecha
en
la
que
la
denuncia
surtirá
efecto;
(f)
toda
notifireción
recibida
en
aplicación
de
las
disposi-
ciones
del
párraf.o
1
del
artículo
47.
..
En
fe
de
10
cual,
los
infraescritos,
debidamente
autorizados
a
este
efecto,
han
firmado
el
presente
Convenio.
Dado
en
París
el
13
de
diciembre
de
1966,
en
francés
y
en
inglés,
haciendo
fe
igualmente
ambos
textos
en
un
solo
ejemplar,
que
será
depositado
en
los
archivos
del
Consejo
de
Europa.
El
Secretario
general
del
Consejo
de
Europa
expedirá
copia.
fehaciente
a
cada
uno-
de
los
.Estados
signatarios
y
a.dherentes,"
El
Instrumento
de
Adhesión
de
Espafia
fué
depositado
ante
el
Secretario
general
del
Consejo
de
Europa
el
día
2
de
agosto
de
1974.
.El
Convenio
entró
en
vigor
para
España
el
día
3
de
febrero
de
1975.
Lo
que
se
hace
público
para
conocimiento
general.
Madrid,
20
de
octubre
de
1975.~El
Secretario
general
Técnico,
Enrique
Thomas
de
CaI)'anza.
MODIFICACIONES
propuestas
por
Francia
y
ace~
tadas
por
España alos anejos AyB
del
Acuerdo
Europeo sobre
Transporte
Internacional
de
Mer-
cancfas Peligrosas
por
Carretera
(A.
D.
R,),
hécho
en
Ginebra
el 30 de· septiembre
de
1957.
Marginal
3900
Añádase
el
párrafo
(3)
siguiente;
",{3)
Se
admitirá
en
la
parte
inferior
de
las
etiquetas
una
inscripción,
en
cifras
O
letras
sobre
la
identificación'
del
peligro
...
l\..faiginal 3902
Sustitúyase
el
texto
que
figura
junto
al
número
4A
por
el
siguiente:
dCruz
de
San
Andrés
sohre
espiga
de
trigo,
negra
sobre
fon·
do
blanco)
»,
prescrita.
en
los
marginales
2
432
(1) Y2443
(3)
~
..
Material
nocivo:
mantener
alejado
de
productos
alimenticios,
tanto
en
los
vehículOS
como
en
los
lugares
de
carga,
descarg~
otransbordo.JO
1)
Nota,~La
antigua.
etiqueta
número
4A,
rectangul-ar,,,,d~
fondo
naranja,
podrá
ser
utilizada
hasta
el
finaL
del
afta
1976.
En
el
cuadre
general
de
las
etiquetas,
reemplazar
la
etiqueta
actual
(número
4A)
por
la
etiqueta
siguiente:
ANEXO,B
Marginal
14
12.1
Añádase
el
párrafo
siguiente
(3):
e
(3)
A
pesar
de
lo
que
se
dispone
en
el
marginal
10121
(2),
los
contenedores-cisterna
que
contengan
sustancias
de
los
apar-
tados
1.0
a}
-con
exclusión
del
óxido
de
carbono--,
1.0
bJ
-salvo
el
gas
de
agua-,
de
los
apartados
6.0,
del
7, 8Bí'
como
óxido
de
metilo,
cloruro'
de
etilo,
bromuro
de
vinilo,
óxido
de
metilo
y
de
vinilo
del
8.°
al,
1~1
difluoretano
y
monoclorodifluoretano~
del
8.°
b),
etano
y
etileño
del
9.°,
1~1
difluoretileno
y
noruro
de
vinilo
del
10.° y
las
sustancias
del
12.°
llevarán
en
ambos
lados
una
étiquete.
del
modelo
número
2A
..
Los
contenedores-cisterna.
que
contuviesen
oxígeno
y
fluoruro
de'
Boro
del
3.°,
protóxido
de
nitrógeno
del
9.°,
aire
líquido
y
oxígeno
líquido
del
11.°
asten·
tarán
en
ambos
lados
una
etiqueta.
del
modelo
número
3.
Los
contenedores~cisterna
que
contengan
amoníaco,
anhídrido,
cloro,
anhídrido
sulfuroso
y
gas
T
del
5.° y
bromuro
de
metilo
del
8.0
al;
llevarán
en
los
dos
lados
una.
étiqueta
del
modelo
número
4.
Los
contenedores-cisterna
que
contengaI).
óxido
de
carbono
del·l.°
al
..
gas
de
agua
del
1.0
bl,
gas
de
aceite
comprimido
del
2.0,
gas
de
aceite
licuadQ
del
4.°,
ácido
sulbídrico
del
5.°,
dinietil-amina,
monornetil-amina,
óxido
de.
etileno,
monometil-amina,
cloruro
de
metilo,
trimetil-amina
y
mercaptal
metílico
del
8,°
al,
osten-
tarán
en
ambos
lados
etiquetas
de
los
modelos
números'
2A Y
4.
Los
CQnteIÍedores-cisterna
que
contengan
peróxido
de
nitrógeno
del
5.0y
oxicloruro
de
car.bono
del
B.O
al
llevarán
a
ambos
lados
unas
etiquetas
de
los
modelos
númerOs
3y4. Los
contenedores-
cisterna
que
contengan
ácido
brombídrico
anhidro
y.ácldo
fluor-
hídrico·
anhIdro
del
5.° y
ácido
clorhídrico
anhidro
del
10.°,
asten-
t@.1'án
en
ambos
lados
unas
etiquetas
de
los
modelos
núme-
ros:4
"'1
5...
Marginal
212 207
(3)
Completar
el
párrafo
(3)
CQn
la
frase
siguiente;
«Cualquiera
que
sea
el
metal
empleado,
el
espesor
mínimo
de
la
pared
del
depósito
no
será,
en
ningún
caso,
inferior
801
los
3
mm."
Marginal
250
000
Sustitúyase
la
lista
de
las
materias
llar
la
siguiente:

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