ORDEN FYM/138/2014, de 20 de febrero, por la que se modifica la Orden de 12 de diciembre de 2008, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se concede Autorización Ambiental para el centro de tratamiento de residuos y vertedero de residuos no peligrosos ubicados en Ávila, titularidad del Consorcio Provincial Zona Norte de Ávila, como consecuencia de la modificación no sustancial 1 (MNS n.º 1).

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejerÍA de Fomento y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

Vista la comunicación de CONSORCIO PROVINCIAL ZONA NORTE ÁVILA de modificación no sustancial del centro de tratamiento de residuos y vertedero de residuos no peligrosos ubicados en el término municipal de Ávila y teniendo en cuenta los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Orden de 12 de diciembre de 2008 de la Consejería de Medio Ambiente se concede autorización ambiental al CONSORCIO PROVINCIAL ZONA NORTE DE ÁVILA, para centro de tratamiento de residuos y vertedero de residuos no peligrosos ubicados en el término municipal de Ávila.

Dicha Orden ha sido actualizada conforme a la Directiva 2010/75/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre, sobre las emisiones industriales, mediante Orden FYM/49/2014, de 3 de enero, sobre actualización de autorizaciones ambientales integradas en Castilla y León. («B.O.C. y L.» n.º 27, de 10 de febrero de 2014).

Segundo.- Con fecha 25 de julio de 2013, el CONSORCIO PROVINCIAL ZONA NORTE DE ÁVILA notifica a la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, una modificación no sustancial (MNS 1) de la autorización ambiental relativa a la ejecución de la red de piezómetros y de la nueva balsa de lixiviados.

Al escrito acompaña la siguiente documentación:

* Memoria descriptiva de las obras, estudio hidrogeológico, drenaje de lixiviados y dimensionamiento de la balsa de lixiviados.

* Planos: topográfico, emplazamiento general, vaso de vertido, red de lixiviados, situación piezómetros, etc.

Posteriormente tiene entrada documentación complementaria.

Tercero.- El Servicio de Prevención Ambiental y Cambio Climático solicita informe al respecto, a la Confederación Hidrográfica del Duero y al Servicio de Control de la Gestión de los residuos, recibiéndose respuesta favorable el 27 de enero y el 11 de febrero de 2014, respectivamente.

Cuarto.- Con fecha de 18 de febrero de 2014, el Servicio de Prevención Ambiental y Cambio Climático visto el expediente y vistos los informes referidos, informa que, la ejecución de la red de piezómetros y de la nueva balsa de lixiviados suponen una modificación de la Orden de autorización Ambiental otorgada al CONSORCIO PROVINCIAL ZONA NORTE DE ÁVILA considerando ésta como no sustancial (MNS N.º 1) en atención a los criterios señalados en el apartado 4, del artículo 10 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación y a lo establecido en el artículo 14, apartado 1, del Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio.

Quinto.- Con fecha 19 de febrero de 2014, el Director General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental, propone la modificación de la Orden de 12 de diciembre de 2008 de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se concede autorización ambiental para centro de tratamiento de residuos y vertedero de residuos no peligrosos ubicados en el término municipal de Ávila, titularidad de CONSORCIO PROVINCIAL ZONA NORTE DE ÁVILA, como consecuencia de la modificación no sustancial 1 (MNS N.º1).

Los antecedentes de hecho mencionados encuentran su apoyo legal en los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

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