Orden de 16/01/2012, , por la que se modifica la Orden de 14/03/2001 que regula la Red de Teatros, Auditorios y Casas de Cultura de Castilla-La Mancha.
Sección | I. Disposiciones generales |
Emisor | Consejería de Educación, Cultura y Deportes |
Rango de Ley | Orden |
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OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS
Consejería de Educación, Cultura y Deportes
Orden de 16/01/2012, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se modifica la Orden de 14/03/2001 que regula la Red de Teatros, Auditorios y Casas de Cultura de Castilla-La Mancha. [2012/683]
Con fecha de 23-03-2001 se público en el Diario Oficial de Castilla- La Mancha la Orden de 14-03-2001 de la Consejería de Educación y Cultura por la que se regula la Red de Teatros, Auditorios y Casas de Cultura de Castilla- La Mancha. Esta Orden fue objeto de dos modificaciones, una en el mismo año de su aprobación (2001) y otra en el año 2009. Dado el tiempo transcurrido y la actual situación económica se hace necesario introducir unos cambios que tengan efectividad para la próxima campaña de Primavera 2012, y con carácter transitorio en tanto y cuando se elabora una nueva orden que venga a sustituir a la actual. En concreto, la modificación afecta al apartado b) de base segunda, referido al Comité Artístico cuya operatividad se suspende. También afecta a aquellas bases de la Orden que se refieren o afectan al sistema de financiación de la Red; en concreto, a los apartados 4.3, 4.4 y 4.5 de la Base tercera, que se suprimen, y a la base quinta, cuyo punto tercero es objeto de nueva redacción a efectos de incluir una fórmula que permita asegurar que la financiación de este programa por parte de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes no exceda el techo presupuestario existente en cada momento, y se suprime su punto cuarto; por último, se introduce una disposición adicional cuyo contenido se refiere a la recogida de información y a la temporalidad de los espectáculos.
Por todo ello, dispongo:
Uno. El apartado b) de la base segunda, referido al Comité Artístico, queda redactado del siguiente modo:
b) El Comité Artístico no se convocará hasta la entrada en vigor de una nueva orden. La selección de espectáculos de cachés superiores a 9000 euros será realizada directamente por los técnicos designados por los Ayuntamientos miembros de la Red con espacios escénicos de categoría A o B que asistan a una...
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