DECRETO FORAL 15/1997, de 27 de enero, por el que se modifica la Junta Arbitral del Transporte de la Comunidad Foral de Navarra, creada por Decreto Foral 511/1991, de 18 de noviembre.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

DECRETO FORAL 15/1997, de 27 de enero, por el que se modifica la Junta Arbitral del Transporte de la Comunidad Foral de Navarra, creada por Decreto Foral 511/1991, de 18 de noviembre.Boletín Oficial de Navarra Número 21 - Fecha 17/02/1997

La Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, modifica el artículo 38 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres.

En consecuencia, deben adaptarse a la nueva redacción legal las disposiciones que en el Decreto Foral 511/1991, de 18 de noviembre, se refieren al artículo modificado.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, y de conformidad con el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día veintisiete de enero mil novecientos noventa y siete,

DECRETO:

Artículo único El artículo 2.º, letra a), del Decreto Foral 511/1991, de 18 de noviembre, queda redactado en la forma que a continuación se expresa:

"a) Resolver con los efectos previstos en la legislación general de arbitraje, las controversias de carácter mercantil surgidas en relación con el cumplimiento de los contratos de transporte terrestre cuando, de común acuerdo, sean sometidas a su conocimiento por las partes intervinientes u otras personas que ostenten un interés legítimo en su cumplimiento.

Asimismo, les corresponderá resolver, en idénticos términos a los anteriormente previstos, las controversias surgidas en relación con los demás contratos celebrados por empresas transportistas y de actividades auxiliares y complementarias del transporte cuyo objeto esté directamente relacionado con la prestación por cuenta ajena de los servicios y actividades que, conforme a lo previsto en la presente Ley, se encuentran comprendidos en el ámbito de su actuación empresarial.

Se presumirá que existe el referido acuerdo...

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