Decreto 79/2010, de 18 de noviembre, por el que se establecen los servicios mínimos que habrán de regir en la jornada de huelga convocada por la Organización Sindical C.S.I.-C.S.I.F., para los días 22 de noviembre, 25 de noviembre, 29 de noviembre y 2 de diciembre de 2010.

Sección2 - Autoridades y Personal
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

Consejería de Sanidad.

La organización sindical C.S.I-C.S.I.F ha convocado una jornada de huelga que, de acuerdocon la convocatoria, afecta al personal facultativo del Hospital de Laredo y que se desarrollarálos días 22 de noviembre, 25 de noviembre, 29 de noviembre y 2 de diciembre de 2010.

De la normativa vigente y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional deriva la ineludibleobligación que tiene la Administración de garantizar los servicios mínimos esenciales que tienea su cargo, por lo que se fijan en este Decreto los servicios mínimos esenciales de conformidadcon lo establecido en el artículo 28.2 de la Constitución y en el Real Decreto-Ley 17/1977, de4 de marzo.

En la reunión mantenida por parte de la Administración con el Comité de Empresa el 17 denoviembre de 2010, para negociar los servicios mínimos, se acuerda establecer los serviciosmínimos en idénticos términos que los pactados para la anterior convocatoria, esto es, paralos días 4, 8, 11, 15 y 18 de noviembre de 2010, debido al mismo carácter discontinuo de lahuelga convocada, quedando establecidos como figuran en el Anexo del presente Decreto.

En su virtud, vista el acta de la reunión mantenida con el Comité de Empresa y la documentación obrante en el expediente, a propuesta del Consejero de Sanidad de conformidad con elartículo 12.2.E) de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 de marzo, de Función Pública, y previadeliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 18 de noviembre de 2010,

DISPONGO

Artículo 1

Deberán mantenerse los servicios mínimos que se determinan en el Anexo del presenteDecreto durante la jornada de huelga convocada por la organización sindical C.S.I-C.S.I.F. que,de acuerdo con la convocatoria, afecta al personal facultativo del Hospital de Laredo y que sedesarrollará los días 22 de noviembre, 25 de noviembre, 29 de noviembre y 2 de diciembrede 2010.

Artículo 2

Los centros y dependencias sanitarias de la Administración de la Comunidad Autónoma deCantabria permanecerán abiertos durante las jornadas de huelga convocadas.

Artículo 3

El incumplimiento de la obligación de atender a los servicios mínimos esenciales será sancionado de conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente.

CVE-2010-17123

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial...

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