DECRETO 105/1997, de 29 de julio, por el que se declara la urgente ocupación de terrenos y bienes afectados por los trabajos de explotación en la concesión minera denominada 'Nina' nº 9344 en los terminos municipales de Benquerencia, Salvatierra de Santiago y Torre de Santa María.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Economia, Industria y Hacienda
Rango de LeyDecreto

Mérida, 29 de julio de 1997.

El Presidente de la Junta de Extremadura,

JUAN CARLOS RODRIGUEZ IBARRA El Consejero de Economía, Industria y Hacienda,

MANUEL AMIGO MATEOS DECRETO 105/1997, de 29 de julio, por el que se declara la urgente ocupación de terrenos y bienes afectados por los trabajos de explotación en la concesión minera denominada 'Nina' n.º 9344 en los términos municipales de Benquerencia,

Salvatierra de Santiago y Torre de Santa María.

Por D. Juan Carlos Crespo Lanao, en representación de CANTERAS EXTREMEÑAS S.L., se ha solicitado de la Consejería de Economía,

Industria y Hacienda la concesión de los beneficios de expropiación forzosa y la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por los trabajos de explotación en la Concesión Minera denominada 'NINA', N.º 9.344, con el fin de disponer de los necesarios terrenos para una adecuada explotación de los recursos mineros objeto de dicha concesión.

La solicitud ha sido formulada al amparo de lo dispuesto en los artículos 105 de la vigente Ley de Minas 22/1973, de 21 de julio, y 131 del Reglamento General para su aplicación aprobado por Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, en relación con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, llevando implícita la declaración de utilidad pública y necesidad de ocupación de terrenos y bienes afectados, por tratarse de una concesión minera otorgada y aprobados los proyectos y planes de labores.

Se estima justificada la urgente ocupación ante la necesidad inmediata de poder disponer de los terrenos precisos para continuar la explotación minera de manera racional debido a la imposibilidad de continuar con el avance del frente de explotación en la Concesión 'NINA', debido al desacuerdo con los propietarios de los terrenos y ante la existencia de masas canterables en dichas parcelas como continuidad de las que actualmente se encuentran explotándose, así es conveniente favorecer la toma de posesión de la sociedad para poder disponer de la sustancia mineral que se extrae, así como favorecer la posibilidad de creación y en este caso de mantenimiento de puestos de trabajo que conlleva cualquier explotación minera. La urgente ocupación viene también determinada por la insuficiencia de los terrenos para desarrollar las labores de extracción y explotación en general, ya que las parcelas se sitúan colindantes con el frente actual y quedarán afectadas por parte de la escombrera ya...

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