SAP Madrid 187/2006, 5 de Septiembre de 2006
Ponente | ALEJANDRO BENITO LOPEZ |
ECLI | ES:APM:2006:12316 |
Número de Recurso | 221/2006 |
Número de Resolución | 187/2006 |
Fecha de Resolución | 5 de Septiembre de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 4ª |
ALEJANDRO BENITO LOPEZ MARIA DEL PILAR DE PRADA BENGOA BLANCA MARIA RODRIGUEZ VELASCO
Expediente de Fiscalía nº 1843/2002
Expediente de reforma nº 329/2002
Pieza de responsabilidad civil nº 395/2002
Juzgado de Menores nº 2 de Madrid
Rollo de Sala nº 221/2006
ALEJANDRO Mª BENITO LÓPEZ
La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid ha pronunciado en el nombre de SU
MAJESTAD EL REY, la siguiente:
S E N T E N C I A Nº 187/2006
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID )
SECCIÓN CUARTA )
MAGISTRADOS )
D ALEJANDRO Mª BENITO LÓPEZ )
Dª PILAR DE PRADA BENGOA )
Dª BLANCA RODRÍGUEZ VELASCO )
)
En Madrid, a cinco de septiembre de dos mil seis.
Vista en segunda instancia por esta Sección de la Audiencia Provincial la pieza de responsabilidad civil nº 395/2002 del Juzgado de Menores nº 2 de Madrid, venida a conocimiento de este Tribunal a virtud del recurso de apelación interpuesto en tiempo y forma por la defensa del menor Luis María contra la sentencia dictada el 19 de enero de 2006.
Habiendo sido partes en la sustanciación del recurso, como apelante, el citado menor, defendido por el letrado don Ramón C. Rodríguez Rubio, y como apelados el Ministerio Fiscal en defensa de los intereses de doña Luz y los padres del menor don Augusto y doña Teresa, éstos últimos no personados; siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado don ALEJANDRO Mª BENITO LÓPEZ.
El Juzgado de Menores dictó sentencia en la indicada pieza, cuya parte dispositiva dice:
FALLO.- Que estimo integra la demanda interpuesta por Dª Luz, representada por el Ministerio Fiscal, contra el menor Luis María y sus representantes legales D. Augusto y Dª Teresa, y debo condenar y condeno a los demandados a abonar a la actora la cantidad de 901,51 euros.
Contra dicha resolución la defensa del menor interpuso el recurso de apelación.
Admitido el recurso y efectuado el correspondiente traslado al Fiscal, quien lo impugnó, se elevaron los autos originales a este Tribunal, formándose el oportuno rollo de Sala, señalándose para el día de hoy para su resolución.
El alegado error en la valoración de la prueba debe ser rechazado.
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