La mejora asumida por el concesionario y plasmada en el contrato concesional y su tratamiento en la liquidación del contrato en caso de resolución anticipada (STS 1014/2023, 17 de Julio de 2023)

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La Sentencia del Tribunal Supremo de 17 de julio de 2023 (recurso 1394/2021) analiza si en la liquidación efectuada en los contratos mixtos de obra y explotación de un servicio público, en caso de resolución anticipada del vínculo contractual por causa no imputable a la Administración, la sobreinversión del concesionario en la obra ejecutada, establecida en el contrato como mejora del objeto del contrato sin coste para aquella, constituye parte de la inversión a abonar al mismo.

Hechos

El Ayuntamiento de Cabrils y la entidad AREVA TRADING, SLU, concertaron la celebración de un contrato de concesión administrativa, el 22 de noviembre de 2010, para la ejecución de las obras y explotación de un complejo deportivo y piscina cubierta.

La Entidad Local contratante, por Decreto de 9 de mayo de 2016, acordó la liquidación económica del contrato por causa imputable al contratista al haberse declarado la apertura de la fase de liquidación de la adjudicación, procedimiento concursal 29/2015, seguido en el Juzgado Mercantil núm.4 de Barcelona.

Por Decreto del Ayuntamiento, de 27 de junio de 2016, se desestimó el recurso de reposición interpuesto por entidad AREVA TRADING, SLU, en el que se solicitaba el abono por importe de 1.813.808,22 euros.

Recurso contencioso-administrativo

Frente a los decretos del Ayuntamiento de Cabrils la entidad AREVA TRADING, SLU, interpuso recurso contencioso-administrativo.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 4 de Barcelona dictó Sentencia, en 2 de octubre de 2018, estimando parcialmente el recurso interpuesto por la entidad AREVA TRADING, SLU, fijando la liquidación objeto de discusión en la cantidad de 225.920,77 euros a favor de la entidad recurrente.

Recurso de apelación

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña dictó Sentencia, en 24 de noviembre de 2020, estimando en parte el recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento de Cabrils en el único sentido de establecer que el importe de la partida de aportación a la inversión debe ser de 2.616.708,02 euros en lugar de los 2.373.464,92 euros en que se fijaba en la Sentencia de instancia.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña entiende que la liquidación económica por la resolución del contrato de concesión administrativa para la ejecución de las obras...

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