Orden 5/2012, de 30 de marzo de 2012, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente por la que se desarrollan las subvenciones del coste de los seguros agrarios concertados para el ejercicio 2012

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejerÍA de Agricultura, GanaderÍA y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

El artículo 3 de la Orden de 8 de febrero de 1996, por la que se regulan las ayudas para la compensación de las primas de seguros agrarios y daños catastróficos en la agricultura y la ganadería de la Comunidad Autónoma de La Rioja (BOR nº 22, de 15 de febrero de 1996), establece que las subvenciones se aplicarán a aquellos cultivos agrícolas y producciones ganaderas en la cuantía que, anualmente, se determine por orden de las Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, y en función del crédito presupuestario del ejercicio en vigor.

En su artículo 5, modificado por la Orden de 24 de febrero de 1997 (BOR nº 25, de 27 de febrero de 1997), se recoge que las suma de las subvenciones concedidas por la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA) y la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de la Comunidad Autónoma de La Rioja, no podrá ser superior al 80 % del coste total del seguro.

El artículo 7.2.3.f del Decreto 49/2011, de 6 de julio, atribuye a la Dirección General de Agricultura y Ganadería, entre otras funciones específicas "La gestión de las ayudas económicas en materia de rentas agrarias". Por lo tanto es la Dirección General de Agricultura y Ganadería la que tiene la competencia para regular esta materia.

Por lo expuesto, y de conformidad con las funciones y competencias atribuidas a esta Consejería en el Decreto 49/2011, de 6 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, a propuesta de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, una vez consultadas las organizaciones representativas del sector y previos los informes preceptivos, apruebo la siguiente

Orden

Artículo 1 Objeto

El objetivo de esta orden es fijar los porcentajes de subvención a conceder por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente con arreglo a lo dispuesto en el artículo 3 de la Orden de 8 de febrero de 1996, para las líneas de seguros que se indican, correspondientes al Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2012 aprobado el 28 de octubre de 2011 en Consejo de Ministros y publicado en el Boletín Oficial del Estado el día 31 de diciembre de 2011.

Artículo 2 Cuantía de la subvención
  1. El porcentaje de ayuda que se indica a continuación, se aplicará sobre la subvención de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA):

    1. Seguros para producciones agrícolas y forestales:

      Línea de Seguro Módulo contratado Subvención
      Seguro con coberturas crecientes para explotaciones de cereza Módulo P El 20 %
      Módulo 1 El 45 %
      Resto de Módulos El 25 %
      Seguro con coberturas crecientes para OPFH y Cooperativas Módulo OP El 15 %
      Seguro con coberturas crecientes para explotaciones hortícolas al aire libre, de ciclo primavera-verano, en la península y Baleares Módulo P El 30 %
      Módulo 1 El 55 %
      Resto de Módulos El 35 %
      ...

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