Medidas fiscales introducidas por el RDL 5/2023 de 28 de junio

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El BOE de 25 de mayo de 2023 publica el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, el cual persigue un conjunto heterogéneo de objetivos, entre los que destacan la transposición de directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y en el ámbito de la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, así como adaptar el régimen jurídico de los servicios de arrendamiento de vehículos de turismo con conductor (VTC), entre otros.

Entre las diferentes medidas que incluye la Ley, destacamos del ámbito tributario las siguientes particularidades que merecen ser objeto de comentario.

Impuesto sobre el Valor Añadido en los productos básicos de alimentación

En el ámbito del IVA se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2023 la reducción de los tipos impositivos del Impuesto sobre el Valor Añadido prevista en el artículo 72 del Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre. De entre estas medidas, destaca la aplicación en el Impuesto sobre el Valor Añadido del tipo impositivo del 0 por ciento que recae sobre los productos básicos de alimentación, así como la del 5 por ciento con que resultan gravados los aceites de oliva y de semillas y las pastas alimenticias.

Beneficios fiscales para la isla de La Palma

El artículo 124 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio establece la prórroga para el ejercicio 2023 los beneficios fiscales establecidos en el IBI y en el IAE para la isla de La Palma por el artículo 25 del Real Decreto-ley 20/2021, de 5 de octubre.

Deducciones en el IRPF en la adquisición de vehículos eléctricos

En el ámbito del IRPF se introducen dos deducciones para la adquisición de vehículos eléctricos:

- Los contribuyentes podrán deducir el 15 por ciento del valor de adquisición de un vehículo eléctrico nuevo comprado desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio hasta el 31 de diciembre de 2024.

- Alternativamente, podrá practicar dicha deducción cuando se abone en el mismo plazo una cantidad a cuenta para la para la futura adquisición del vehículo que represente, al menos, el 25 por ciento del valor de adquisición del mismo, debiendo...

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