SAP Albacete 116/2007, 26 de Junio de 2007
Ponente | JUAN MANUEL SANCHEZ PURIFICACION |
ECLI | ES:APAB:2007:451 |
Número de Recurso | 89/2007 |
Número de Resolución | 116/2007 |
Fecha de Resolución | 26 de Junio de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Albacete, Sección 2ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
ALBACETE
SENTENCIA: 00116/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCION 2ª
ALBACETE
Rollo: RECURSO DE APELACION 0000089 /2007
Autos num. 370/2006
JUZGADO 1ª. INSTANCIA NUM. 1 de Albacete
SENTENCIA NUM. 116 /2007
Iltmos. Sres. Magistrados:
Presidente:
D. ANTONIO NEBOT DE LA CONCHA
Magistrados:
D. FRANCISCO CAÑAMARES PABOLAZA
D. JUAN MANUEL SANCHEZ PURIFICACIÓN
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
En ALBACETE, a veintiséis de Junio de dos mil siete.
VISTOS, ante esta Audiencia Provincial, en apelación admitida a la parte demandada, los autos de Juicio ordinario, seguidos en el Juzgado de 1ª. Instancia num. 1 de Albacete, a instancia de Almudena, representado por el/la Procurador/a D/DÑA. Sonsoles Jiménez Roldán dirigido por Letrado, contra Romeo Y Rubén, representado por el/la Procurador/a D/DÑA. Llanos Ramírez Ludeña dirigido por letrado.
ACEPTANDO, los antecedentes de la Sentencia apelada, cuya parte dispositiva dice así: Que estimando la demanda interpuesta por la Procurador Doña Sonsoles Jiménez Roldán, actuando en representación de Doña Almudena contra Don Rubén y D. Romeo, representados en autos por la Procurador Doña Llanos Ramírez Ludeña, debo condenar como condeno a los citados demandados a que indemnicen a la demandante en la cantidad de 12.000 euros más intereses legales y con imposición de las costas del procedimiento.-
La relacionada Sentencia de veinticuatro de noviembre de dos mil seis, se recurrió en apelación por la parte demandada, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia, ante la que se personaron dentro del término del emplazamiento y en legal forma las partes litigantes y seguidos los demás trámites, se señaló el día y hora para la votación y fallo de la apelación.-
Que en la sustanciación de los presentes autos, en ambas instancias se han observado las prescripciones legales.-
VISTO, siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado D. JUAN MANUEL SANCHEZ PURIFICACIÓN.-
, y
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- Disienten los apelantes-demandados de la referida Sentencia, que les condenó al pago de 12.000 euros a la Sra Almudena dado su compromiso de 18.11.2005 con ocasión de la mediación de su marido en la compraventa de la misma fecha, por entender -fundamentalmente- que no hubo tal mediación y que se trató de un precio añadido o suplementario de la referida venta y que dicha demandante reconoció haber cobrado al firmar la Escritura Pública posterior.
-
- Aunque parecen quejarse dichos recurrentes de una eventual "mutatio libeli" o alteración de la causa...
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