Decreto 2049/1972, de 13 de julio, por el que se aprueba la incorporación del Municipio de Mediñá al limítrofe de San Julián de Ramis, de la provincia de Gerona.
Marginal | BOE-A-1972-44702 |
Sección | III - Otras Disposiciones |
Emisor | Ministerio de la Gobernacion |
Rango de Ley | Decreto |
13416 26
julio
1972 B.
O.
ael
E.-Num.
178
t
t
i
certar
con
el
Instituto
Nac,:onal de
la
Vivienda
la
operación
oportuna
para
la
construcción·
de
un
edificio
destinado
acaSQ-
cuartel
de
la
Guardia
Civil
.en
Quinto
de
~bro
{Zaragoza},
con
presupuesto
total
de
tres
millones
seiscientas
dieciocho
mil
ochocientas
noventa
y
ocho
pesetas.
ajustfm':lose
al
proyecto
formalizado
por
el
Organismo
técnico
correspondiente
de
la
Dirección
General
de
aquel
Cuerpo
y
en
la
adjudicación
de
cuyas
obras
se
aplicará
el
procedimiento
de
concurso-subasta,
que
prevé
el
artiículo
veinthcho
de
la
Ley
de
Contratos
del
Estado,
texto
articulado
de ocho de
abril
de
mil
novecientos
sesenta
ycinco.
Artículo
segundo.-De
la
suma
indicada
en
el
artículo
ante-
rior,
el
Instituto
Nacional
de
la
Vivienda.
anticipará
la.
can-
tidad
de
un
millón
seiscielUas
mil
pesetas,
'en
calidad
de
prés-
tamo,
con
un
'interés
del
seis
por
ciento
anual,
que
será
satisfecho
por
el
Banco
de
Crédito
a
la
Construcción,
S
del
que
se
resarcirá
en
dieciséis
anualidades,
a
razón
de
ciento
cincuenta
y
ocho
mil
trescientas
veinte
pesetas,
a
partir
del
a.ño
mil
novecientos
setenta
ydos,
con
-cargo
a
la
consignaci6n
figurada
para
construcción
de
cuarteles
del
Cuerpo
mencionado
en
las
Presupuestos
Generales
del
Estado.
Artículo
tercero.-Como
aportación
preceptiva
e
inmediata,
el
Estado
contribuirá
con
la
cantidad
de
dos
millones
dieciocho,
mil
ochocientasno,venta
y
ocho
pesetas,
que
será
cargada
al
concepto
cero
sets-seiscientos
once
de
la
sección
dieciséis
del
vigente
Presupuesto
de
Gastos
del
Estado.
.
Artículo
cuarto.-Por-
los
Ministerios
de
Hacienda
y
de
la
Gobernación
se
dictarán
las
disposiciones
convenientes
en eje-
cución
de
este
Decreto.
Así
lo
dispongo
por
el
presente
Decreto,
dado
en
Madrid
a
trece
de
julio
de
mil
novecieptos
setenta
ydos.
FRANCISCO FRANCO
El
Ministro
de
la.
GobE!rnación,
rOMAS
GARICANO
GOm
DECRETO
-2047/1972,
de 13 de
julio,
por
el
que
se
declara
de
urgencia,
aefectos de
expropiación
for-
zosa,
la
ocupación
por
la
Diputación
Provincial
de
T?rragona
de los
bienes
necesarios
para
la
ejecu-
clón
del
proyecto
de «Ensanche y
me;ora
del
nr-
me
del
C.
V.
número
39
de
Vendrell
a
San
Sal-
vador
...
La
Diputación
Provincial
de
'Tarragona
adoptó
acuerdo
de
toma.r
en
consideración
el
proyecto·
de
«Ensanche
y
mejora
del
fIrme
y
trazado
del
C. V,
número
treinta
y.nueve,
de
Ven~
tirell
a
San
Salvador»,.
el
cual
fUé
expuestó
al
público,
de
acuer-
do
con
lo
ordenado
en
el
artículo
doscientos
ochenta
y
ocho
de
la
Ley
de
Régimen
Local,
sin
qu'a
se
produjeran
reclamaciones
y
posteriormente
se
aprobó
en
forma
definitiva,
y
solicita
s~
dec~are
de
urg~ncia,
a
efectos
de
expropiación
forzosa,
la
ocu-
paCión
de
los bl\mes
necesarios.
En
la
documentación
del
proyecto
consta
la.
relación
de
las
parcelas
afectadas
por
la
construcción
del
camino
con
indica-
ción
.de
sus
propietarios
y
extensión
superficial
'necesaria,
y
tambIén
se
han
publicado
en
periódico
d\3
la
capital
y«Bole-
Un
Oficial»
de
la
provincia
anuncios
conteniendo
dicha
rela-
ción:
por
plazo'rJe_
quince
días,
a
fines
de
información
púbiica,
y
no
se
presentó
reclamación
alguna.
.El
intesa
tráfico
rodado
de
la
zona,
que
se
ooneficiará
con
las
obras
del
camino
vecinal,
y
la
necesidad
de
los
barrios
ma-
rítimos
de
Vendrel1
de
contar
con
un
mejor
acceso
a
los
mis-
mos,
hacen
por
entero
aconsejabl\3
auklrizar
a
la
Diputación
P~ovincial
de
1arrag0.na
para
que
utilice
e:l
p!ocedimiento
pre-
VIsto
en
.el
·artlculo·
ClOcuenta y
dos
de
la
Ley
de
Expropiación
Fo:r:zosa
en
la
ocupación
de
las
parC'illas
precisas,
sekún
la
re-
lac16n
s?metida.
a
información
pública,
y
con
cuyos
propietarios
no
ha
SIdo pOSIble
llegar
a
un
acu€,lrdo
de
cesión
al
objeto
de
evitar
demoras
en
la
ejecución'
del
proyecto.
'
En
su
virtud,
a
propuesta
doal
Ministro
de
la
GobernaCión y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
,
día
siete
.
de
julio·~
mil
novécierttos
setenta
ydos,
DISPONGO,
Artículo
único.-Se
d~clara
de
urgencia,
a
efectos
de
lo dis-
p~esto
en
-el
artículo
cincuenta
y
dos
de
la
Ley'de
dieciséis
de
d~cll:~mbre
de
mil
novecientos
cincuenta
y
cuatro,
sobre
Expro-
pIacIón
Forzosa,
la
ocupsc.ión
por
la
Diputación
Provincial
de
~arragona
de
las
parcelas
necesarias,
según
la
relación
sorne·
tlda
a
información
pública.
para
la:
ejecución
del
proyecto
de
«Ensanche·
y
mejora
del
firme
y
trazado
del
C.
V.
número
trein-
ta
y
nueve,
de
VendreU
s_
San
Salvador».
I
Así
lo
dispongo
por
el-
prusente
Decreto,
dado
en
Madrid
a
trece
de
iulio
de
niil
novecientos
setenta
ydos.
FRANCISCO FRANCO
El
Ministro
de
la
Gobernación.
TOMAS GARICANO
GOm
DECRETO
2048/1972, de 13 de
;ulio,
por
el
que
se
aprueba
la
fusión·
de los
Municipios
de
Laroles,
Mairena
y
Picena
(Granada).
Los
Ayuntamientos
de
Laroles,
Mairena
y
Picena,
de
la
pro-
vincia
de
Granada,
adoptaron
acuerdos,
con
quórum
legal,
de
solicitar
la
fusión
de
sus
Municipios,
en
base
a
unos
mismos
motivos
de
insuficiencia
de
recursos
para
el
adecuado
desarrollo
de
los
servicios
mínimos,
despoblación
y
deseo
de
percibir
los
beneficios
concedidos
por
el
Estado.
El
~xpediente
se
sustanció
con
arreglo
a
las
normas
de
pro~
cedimiento
contenidas
en
la
Ley
de
Régimen
LO,cal
y
en
el
Re-
glamento
de
Poblaci6;n y
Demarcación
Territorial
de
las
Enti·
dades
Locales,
sin
reclamación
alguna
durante
El:l
período
de
información
pública
a
que
estuvieron
sometidas
los
acuerdos
municipales,
y
las
bases
aprobadas
para
la
fusión
previenen,
entre
otros
extremos,
que
el
nuevo
Municipio
se
denominará
Nevada
ytendrá-
su
capitalidad
en
la
localidad
de
Laroles.
La
Diputación
Provincial
y
el
Gobierno
Civil
han
informado
en
sentido
favorable
y
se
ha
puesto
de
manifiesto
en
las
ac~
tuaciones
la
conveniencia
de
la
fusión,
por
la
deficiencia
eco-
nómica
de
los
Municipios,
y
para
lograr
una
mejor prestación
de
los -servicios alos
núcleos
de
población,
concurriendo
en
el
caso
las
causas
previstas
en
las
apartados
al
ycl
del
articulo
tr9ce
de
la
Ley
de
Régimen
Local, y
cumpliéndose
el
requisito
de
que
los
términos
municipales
son
limítrofes.
En
su
virtud,
de
conformidad
con
los
dictámenes
emitidos
por
la
Dirección
General
d~
Administraoión
Local y
Comisión
Permanúnte
del
Consejo
de
Estado,
a
propuesta
del
Ministro
de
la
Gobernaci6ri
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Minis-
tros
en
su
reunión
del
día
siete
de
julio
de
mil
novecientos
se-
tenta
ydos,
DISPONGO,
Artículo
primero.-Se
aprueba
la
fusión
vohmtaria
de
los
Municipios
de
Laroles,
Mairena
y
Picena
(Granada),
en
uno
con
el
nombre
de
Nevada
y
capitalidad
en
la
localidad
de
La-
roles.
Articulo
segu,ndo.-Queda
facultado
\:11
Ministerio
de
la
Go-
b~rnación
para
dictar
las
disposiciones
que
pudiera
exigir
el
cumplimiento
de
este
Decreto. .
Así lo
dispongo
por
el
presente
Decreto,
dado
en
Madrid
a
trece
de
julio
de
mil
novecientos
setenta
ydos.
FRANCISCO FRANCO
El
Ministro
de
la
Gobernación,
rOMAS
GARICANO GOfJI
DECRETO
2049/1972. de 13 de
julio,
por
el
que
.
aprueba
la
incorporación
del
M¡micipio
de
Mediñá
al
limítrofe
de
San
Julián
de
Ramis.
de
la
pro-
vincia
de
Gerona.
Los
Ayuntamie~tós
de
Mediñá
y
de:
San
Julián
de
Ramis,
de
la
provincia
de .Gerona,
acordaron,
con
el
quórum
legal,
soli~
citar
y
aceptar,
respectivamente.
la
incorporación
del
primero
de
los
Municipios
al
segundo,
por
considerarla
beneficiosa
para
los
intereses
generales
de
uno
y
otro
.
Cumplidas
en
el
expedienre
las
reglas
de
procedimiento
que
establecen
los
Cuerpos
legales
vigentes
en
la
materia,
obran
en
el
mismo
los
informes
favorables
eN
los
Organismos
Provin~
ciales
consultados,
yse
acredita
la
existencia
de
los
notorios
mo-
tivos
de
conveniencia
econ6mita
y
administrativa,
exigidos
en
el
artículo
catorce,
en
relación
con
el
trece,
apartado
el,
de
la
Ley.
de
Régimen
Local
para
que
proceda
acordar
la.
incorpo-
ración.
En
su
virtud.
de
conformidad
con
los
dictámenes
emitidos
por
la
Dirección
General
de
Administraci6n
Local y
por
la
Comisión
Permanent'e
del,
Consejo
de
Estado,_ a
propuesta
del
Ministro
de
la
Gobernación
y
precia
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
siete
de
julio
de
'mil
nove-
cientos
s~tenta
y
dQs,
DISPONGO,
Artículo
primero.-Se
aprueba
la
incorporación
voluntaria
del
Municipio
de
Mediñá
al
lirn:ítrofe
de
San
Julián
de
Ramis,
de
la
provincia
de
Gerona.
Artículo
segundo.-Queda
facultado
el
Ministerio
de
la
Go-
bernación
para
dictar
las
disposiciones
que
pudiera
exigir
el
cumplimiento
de
este
DeCreto.
Así lo
dispongo
por
el
presente
Decreto.
dado
€,ln
Madrid
a.
tr-ece
de
julio
de
mil
novecientos
setenta,
ydos.
FRANCISCO FRANCO
El
Ministro
de
la
GObernación,
TOMAS GARICAW.O
GOm
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