Decreto 240/2013, de 23 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 58/2013, de 23 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a proyectos de ámbito regional enmarcados en el programa de desarrollo de acciones del Plan de Juventud de Extremadura.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorPresidencia de la Junta
Rango de LeyDecreto

I

DISPOSICIONES GENERALES Artículo Único

PRESIDENCIA DE LA JUNTA

DECRETO 240/2013, de 23 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 58/2013, de 23 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a proyectos de ámbito regional enmarcados en el programa de desarrollo de acciones del Plan de Juventud de Extremadura. (2013040273)

El Decreto 58/2013, de 23 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a proyectos de ámbito regional enmarcados en el programa de desarrollo de acciones del Plan de Juventud de Extremadura y primera convocatoria para el año 2013, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura, número 81, de 29 de abril de 2013.

La gestión de estas ayudas ha puesto de manifiesto la necesidad de abordar modificaciones puntuales con la finalidad fundamental de contribuir a una gestión más eficiente de las ayudas y garantizar la eficacia en el cumplimiento de los objetivos perseguidos con el otorgamiento de las mismas.

En su virtud, a propuesta del Presidente de la Junta de Extremadura, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el 23 de diciembre de 2013,

D I S P O N G O :

Artículo único Modificación del Decreto 58/2013, de 23 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a proyectos de ámbito regional enmarcados en el programa de desarrollo de acciones del Plan de Juventud de Extremadura.

Se modifica el Decreto 58/2013, de 23 de abril de 2013, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a proyectos de ámbito regional enmarcados en el programa de desarrollo de acciones del Plan de Juventud de Extremadura, en los siguientes términos:

Uno. El artículo 17 queda redactado del siguiente modo:

"Artículo 17. Criterios de valoración y selección.

Cada proyecto podrá ser valorado hasta un máximo 40 puntos, de acuerdo con la distribución que a continuación se establece y hasta el máximo de puntos que en cada apartado se indica. Será necesario un mínimo de 10 puntos para obtener las ayudas contempladas en el presente decreto.

Criterios de valoración y ponderación de entidades solicitantes:

1) Experiencia de la entidad en la realización de proyectos o actividades dirigidas a la juventud en Extremadura. Máximo 5 puntos. A tales efectos, se otorgará 1 punto por cada proyecto realizado por la entidad de igual o similar contenido...

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