SAP Baleares 97/2009, 18 de Marzo de 2009

PonenteMIGUEL JUAN CABRER BARBOSA
ECLIES:APIB:2009:274
Número de Recurso464/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución97/2009
Fecha de Resolución18 de Marzo de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Baleares, Sección 5ª

SENTENCIA: 00097/2009

Rollo: RECURSO DE APELACION 0000464 /2008

SENTENCIA Nº 97

Ilmo. Sr. Presidente:

D. MIGUEL CABRER BARBOSA

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. SANTIAGO OLIVER BARCELÓ

Dña. COVADONGA SOLA RUÍZ

En PALMA DE MALLORCA, a dieciocho de marzo de dos mil nueve.

VISTOS por la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los presentes autos, de Juicio Ordinario, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia Número 4 de Ibiza, bajo el Número 333/07, Rollo de Sala Número 464/08, entre partes, de una como DEMANDANTE-APELADA D. Ángel Jesús , representado por el/la Procurador/a Sr./Sra. LUISA ADROVER THOMÁS y defendido por el/la Letrado/a Sr./Sra. MARIANO RAMÓN SUÑER; y de otra como DEMANDADA-APELANTE la entidad "MAPFRE INDUSTRIAL, S.A. DE SEGUROS y la entidad "AMATURFLO, S.L.", representado por el/la Procurador/a Sr./Sra. MARÍA BORRAS SANSALONI y defendido por el/la Letrado/a Sr./Sra. MÓNICA GUASCH FERRER.

ES PONENTE el Ilmo. Sr. D. MIGUEL CABRER BARBOSA

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Ilmo./a Sr./Sra. Magistrado, del Juzgado de Primera Instancia Número 4 de Ibiza en fecha 5 de febrero de 2008, se dictó sentencia cuyo Fallo es del tenor literal siguiente:

Que ESTIMANDO la demanda interpuesta por D. Juan Antonio Landáburu Riera, en nombre y representación de D. Ángel Jesús , contra la entidad MAPFRE Y AMATUFLO S.L. DEBO CONDENAR Y CONDENO a las entidades demandadas a pagar solidariamente al actor la cantidad SIETE MIL ONCE EUROS CON VEINTINUEVE CÉNTIMOS (7011,29 EUROS), más el interés al tipo legal del dinero devengado por dicha suma desde el 10 de abril de 2007, fecha de la reclamación judicial, debiendo serincrementado dicho interés en dos puntos desde la fecha de la presente resolución hasta aquella en que tenga lugar su total efectividad y a las costas del proceso.

SEGUNDO

Que contra la anterior sentencia y por la representación de la parte demandada, se interpuso recurso de apelación y seguido el recurso por sus trámites se celebró deliberación y votación en fecha 4 de marzo del corriente año, quedando el recurso concluso para Sentencia.

TERCERO

Que en la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia condenó a las demandadas Amartuflo S.L. y Mapfre Industrial S.A. de Seguros (en adelante Mapfre) a indemnizar a D. Ángel Jesús en la cantidad de 7.011,29 # y lo hizo, en esencia, al considerar acreditado que en los aparatos ortopédicos elaborados por Amartuflo S.L. para las piernas de D. Ángel Jesús , afectado de paraplejia, existió un problema de fabricación que ocasionó la caída del mismo y que como consecuencia de la misma sufriera lesiones que le obligaron a permanecer 130 días de baja; siendo por otra parte que Mapfre cubría la responsabilidad civil de Amartuflo S.L. a la fecha en que acaecieron los hechos. Las demandadas han recurrido en apelación la meritada sentencia.

SEGUNDO

Manifiestan sustancialmente las recurrentes que la valoración de la prueba llevada a cabo por la Juzgadora de instancia se ha llevado a cabo de forma defectuosa y ello ha ocasionado que se llegara a unas conclusiones erróneas; en efecto, la Juzgadora a quo ha valorado la pericial practicada dando acogida a las conclusiones a las que había llegado el perito del demandante e infravalorando las del...

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