AAP Baleares 123/2008, 1 de Octubre de 2008

PonenteAPOLONIA MARTINEZ NADAL
ECLIES:APIB:2008:277A
Número de Recurso249/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución123/2008
Fecha de Resolución 1 de Octubre de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Baleares, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

PALMA DE MALLORCA

AUTO: 00123/2008

AUDIENCIA PROVINCIAL DE PALMA DE MALLORCA

Sección 003

45350

Tfno.: Fax:

N.I.G. 07040 38 1 2008 0000741

Rollo: RECURSO DE APELACION 0000249 /2008

Proc. Origen: MONITORIO 0001427 /2007

Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 15 de PALMA DE MALLORCA

A U T O NUM. 123

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE:

DOÑA Mª ROSA RIGO ROSSELLO

MAGISTRADOS:

DON GUILLERMO ROSSELLÓ LLANERAS

DOÑA APOL LÒNIA MARTÍNEZ NADAL

En PALMA DE MALLORCA, a uno de octubre de dos mil ocho.

VISTOS por la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los presentes autos de juicio Monitorio, seguidos ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 15 de Palma, bajo el número 1427/08, Rollo de Sala núm. 249/08 entre partes, de una como actora-apelante Financiera El Corte Inglés, representado por el Procurador Dª Margarita Ecker Cerdá y asistido de la Letrada Dª Manuela Corvo y de otra como como demandado-apelado D. Luis Antonio .

ES PONENTE la Ilma. Sra. Magistrada Doña APOL LÒNIA MARTÍNEZ NADAL.

HECHOS
PRIMERO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de 1ª Instancia nº 15 de Palma se dictó resolución en fecha 19-02-08 en los referidos autos, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "No ha lugar a la práctica de las diligencias de averiguación de domicilio del deudor interesadas, y, acríbense las presentes actuaciones sin más trámites".

SEGUNDO

Contra la expresada resolución, y por la representación de la parte se interpuso recurso de apelación, que fue admitido y mejorado en tiempo y forma, y seguido el recurso por sus trámites, se señaló día para la vista de alzada, que tuvo lugar el día con asistencia de los Letrados y Procuradores de las partes personadas, quienes hicieron las alegaciones que a su derecho estimaron convenientes, en apoyo de sus respectivas pretensiones, quedando el presente recurso visto para resolución.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Financiera El Corte Inglés S.A. formuló petición de procedimiento monitorio contra D. Luis Antonio, en reclamación de la cantidad de 6.115,53 euros.

Admitida a trámite la solicitud, la diligencia de requerimiento de pago al deudor resultó negativa en el domicilio indicado en la petición inicial.

Financiera El Corte Inglés S.A., interesó la práctica de diligencias de averiguación del domicilio del deudor al amparo de lo establecido en los artículos 156 y 157 de la Ley de Enjuiciamiento Civil .

Dicha petición fue denegada por Auto de 19 de febrero de 2008 del Juzgado de 1ª Instancia nº 15 de Palma de Mallorca, que constituye el objeto del presente recurso de apelación al haber sido impugnado por Financiera el Corte Inglés S.A.

SEGUNDO

La parte recurrente...

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