SAP Zaragoza 400/2007, 29 de Junio de 2007

PonenteEDUARDO NAVARRO PEÑA
ECLIES:APZ:2007:2173
Número de Recurso34/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución400/2007
Fecha de Resolución29 de Junio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00400/2007

Rollo nº 34/07

SENTENCIA NUM.CUATROCIENTOS

Ilmos. Sres. Magistrados:

Presidente:

D. Juan Ignacio Medrano Sánchez

Magistrados:

D.Eduardo Navarro Peña

Mª Jesus de Gracia Muñoz

En Zaragoza, a veintinueve de junio de dos mil siete.

VISTO por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Zaragoza, integrada por los Magistrados del margen, el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada en fecha 6 de Noviembre de 2.006 por el Juzgado de Primera Instancia número Diecisiete de los de esta Ciudad, en autos de Juicio Ordinario seguidos con el número 431/,06, sobre nulidad de legado y restitución en la posesión de bien inmueble de la herencia, de que dimana el presente rollo de apelación numero 34/07, en el que han sido partes, apelante, el demandante D. Carlos Ramón, representado por la Procuradora Dª. Arantxa Novia Mínguez y asistido del Letrado D. Belarmino de Paz Arias, y, apelada, el demandado D. Juan Alberto, representado por el Procurador D. Pablo Herráiz España y asistido de la Letrada Dª. Beatriz Perulán Barbod, siendo Ponente el Magistrado D. Eduardo Navarro Peña, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los correlativos de la sentencia recurrida; y

PRIMERO

La anterior sentencia contiene la parte dispositiva siguiente: "FALLO: Desestimo la demanda interpuesta por Carlos Ramón frente a Juan Alberto y absuelvo al referido demandado de los pedimentos instados en su contra, imponiendo las costas procesales al demandante."

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes, la representación procesal del demandante preparó contra la misma recurso de apelación en tiempo y forma hábiles, y emplazada que fue para que lo interpusiera en legal forma, así lo efectuó mediante la formulación del correspondiente escrito, en el que expuso las alegaciones que tuvo por conveniente para fundamentarlo, solicitando se dictara sentencia por la Sala, que revocando la recurrida estimase en su integridad los pedimentos de su demanda, con expresa imposición de las costas de ambas instancias a la parte demandada.

TERCERO

Dado traslado de dicho recurso de apelación a la representación procesal del demandado, emplazándola para que pudiera alegar lo que a su derecho conviniere en relación con el mismo, dedujo escrito de oposición, en el que vino a interesar la desestimación del mentado recurso y la confirmación de la sentencia de instancia, imponiendo a la parte apelante las costas de esta alzada, tras de lo cual se remitieron los autos originales del juicio a esta Audiencia Provincial, Sección Cuarta, previo emplazamiento de las partes.

CUARTO

Recibidos que fueron dichos autos se formó el correspondiente rollo de Sala, en el que se personaron ambas partes, apelante y apelada, y seguido por los trámites legales se señaló, finalmente, para la discusión y votación del referido recurso de apelación el día 29 del pasado mes de Mayo, en que tuvo lugar tal acto.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

No se aceptan los correlativos de la sentencia apelada, que se opongan a los de la presente; y

PRIMERO

Alega la parte actora como primer motivo de su recurso de apelación contra la mentada sentencia de primer grado, que desestima su pretensión en orden a que se declarase la nulidad del legado establecido a favor de D. Juan Alberto en el testamento otorgado por su madre, Dª. Marisol, en fecha 9 de Enero de 2.002 ante el Notario que fue de Zaragoza, D. Jesús Martínez Cortés, la inadecuación a derecho de tal resolución al incurrir, a su juicio, en aplicación errónea de lo preceptuado en el artículo 113 de la Ley de Sucesiones de Aragón, al confundir acción de nulidad del testamento en su totalidad con la acción que se ejercita por su parte en los presentes...

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