SAP A Coruña 51/2008, 8 de Febrero de 2008

PonenteDAMASO MANUEL BRAÑAS SANTA MARIA
ECLIES:APC:2008:463
Número de Recurso416/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución51/2008
Fecha de Resolución 8 de Febrero de 2008
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 5ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5

LA CORUÑA/A CORUÑA

SENTENCIA: 00051/2008

AUDIENCIA PROVINCIAL DE LA CORUÑA/A CORUÑA

Sección 005

1280A

RÚA CAPITÁN JUAN VARELA S/N

Tfno.: 981 18 20 99/98 Fax: 981 18 20 97

N.I.G. 15030 37 1 2007 0003614

Rollo: 416/07 -MC-

Proc. Origen: JUICIO VERBAL 0000072 /2007

Órgano Procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.7 de FERROL

Deliberación el día: 6 de febrero de 2008

N Ú M E R O 51/08

Ilmos. Sres. Magistrados:

MANUEL CONDE NUÑEZ

DAMASO MANUEL BRAÑAS SANTA MARÍA

Mª DEL CARMEN VILARIÑO LOPEZ

S E N T E N C I A

En A CORUÑA, a ocho de Febrero de dos mil ocho.

En el recurso de apelación civil número 416/07 -E- interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia num. 7 de Ferrol, en Juicio Verbal Civil num. 72/07, sobre "Reclamación de cantidad", siendo la cuantía del procedimiento 1.410,55 euros, seguido entre partes: Como APELANTE: DON Carlos Ramón, representado por el Procurador Sr. Rodríguez Siaba y como APELADO: E.D.P EDITORES S.L., representado por el Procurador Sr. Painceira Cortizo.- Siendo Ponente el Ilmo. Sr. DON DAMASO MANUEL BRAÑAS SANTA MARÍA.

ANTECEDENTES
PRIMERO

Que por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Ferrol, con fecha 3 de abril de 2007, se dictó sentencia cuya parte dispositiva dice como sigue:

"Que estimando como estimo íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Fariñas Sobrino, en nombre y representación de EDP Editores SL, contra D. Carlos Ramón, representado por el Procurador Sra. González Pereira, debo condenar y condeno al referido demandado a hacer en favor de la actora entero y cumplido pago de la suma de 1.410,55 euros, más intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda, así como al pago de la totalidad e las costas".

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma en tiempo y forma, recurso de apelación por el demandado, que le fue admitido en ambos efectos, y remitidas las actuaciones a este Tribunal, y realizado el trámite oportuno se señaló para deliberar la Sala el día 6 de febrero de 2008, fecha en la que tuvo lugar.

TERCERO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan sustancialmente los de la sentencia apelada.

SEGUNDO

El alcance del recurso supone el replanteamiento total del litigio en esta instancia y por ello opera en plenitud el efecto devolutivo de la apelación.

TERCERO

La primera alegación se...

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