SAP Guadalajara 268/2007, 30 de Noviembre de 2007

PonenteISABEL SERRANO FRIAS
ECLIES:APGU:2007:340
Número de Recurso275/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución268/2007
Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Guadalajara, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

GUADALAJARA

SENTENCIA: 00268/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE

GUADALAJARA

Sección 001

Domicilio: PASEO FERNANDEZ IPARRAGUIRRE NUM. 10

Telf: 949-23.52.30 y 31

Fax: 949-23.52.24

Modelo: SEN00

N.I.G.: 19130 37 1 2007 0100288

ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000275 /2007

Juzgado procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 5 de GUADALAJARA

Procedimiento de origen: LIQUIDACION SOCIEDADES GANANCIALES 0000180 /2006

RECURRENTE: Beatriz

Procurador/a: MARIA TERESA HERNANDEZ ARROYO

Letrado/a: JOSE ANDRÉS RODRÍGUEZ ALPÉNDEREZ

RECURRIDO/A: Carlos Ramón

Procurador/a: ENCARNACION HERANZ GAMO

Letrado/a: ESTEBAN UTRERA VALERO

ILMAS. SRAS. MAGISTRADAS

Dª CONCEPCIÓN ESPEJEL JORQUERA

Dª ISABEL SERRANO FRIAS

Dª Mª ANGELES MARTÍNEZ DOMÍNGUEZ

S E N T E N C I A Nº 258/07

En Guadalajara, a treinta de noviembre de dos mil siete.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 001 de la Audiencia Provincial de GUADALAJARA, los Autos de Liquidación Sociedad de Gananciales 180/2006, procedentes del JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 2 (ANTIGUO MIXTO 5) de GUADALAJARA, a los que ha correspondido el Rollo 275/2007, en los que aparece como parte apelante Dª Beatriz representada por la Procuradora Dª MARIA TERESA HERNANDEZ ARROYO, y asistida por el Letrado D. JOSE ANDRÉS RODRÍGUEZ ALPÉNDEREZ, y como parte apelada D. Carlos Ramón representado por la Procuradora Dª ENCARNACION HERANZ GAMO, y asistido por el Letrado D. ESTEBAN UTRERA VALERO, sobre liquidación de sociedad de gananciales, y siendo Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dª ISABEL SERRANO FRIAS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los correspondientes de la sentencia apelada.

SEGUNDO

En fecha 6 de marzo de 2007 se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Proceder a fijar el inventario de la Sociedad de Gananciales entre Dª Beatriz, representada por la procuradora de los Tribunales Sra. Teresa Fernández y D. Carlos Ramón, representado por la Procuradora Sra. Ana María Mayor y, en consecuencia debo declarar que el inventario, comprendiendo el activo y el pasivo de la sociedad estará formada por los siguientes bienes: ACTIVO.- 1.- Importe De 2.815,78 euros como saldo positivo resultante de la diferencia entre la venta del vehículo de carácter ganancial marca Opel, Modelo Movano, con matrícula....GGG y la cancelación del préstamo financiero suscrito para la adquisición de dicho vehículo.= 2.- Beneficio neto del negocio de venta de muebles en el local sito en Guadalajara, c/ Zaragoza nº 3 que giraba bajo el nombre comercial de "Decoart", desde la fecha de la interposición de la demanda de divorcio hasta la fecha de la sentencia de divorcio, el 12 de febrero de 2006, con inclusión de la fianza entregada al propietario del mismo como consecuencia del contrato de arrendamiento del local, don Jose Luis.= 3. Saldo existente en la cuenta corriente abierta en el BBV Argentaria, nº NUM000.= 4.- Saldo existente a fecha 12 de febrero de 2006 en la cuenta corriente abierta en el Banco Popular Español S.A. bajo el nº NUM001.= 5.- Saldo existente a fecha 12 de febrero de 2006 en la cuenta corriente abierta en el BBVA S.A. nº NUM002.= 6.- Saldo existente a fecha 12 de febrero de 2006 en la cuenta corriente abierta en la Caja Rural de Cuenca, Sociedad Cooperativa de Crédito nº NUM003.= 7.- Saldo existente a fecha 12 de febrero de 2006 en la cuenta corriente abierta en el BBVA S.A. nº NUM004.= 8.- Saldo existente a fecha 12 de febrero del 2006 en el Plan de Pensiones suscrito con el BBVA S.A., Entidad Gestora de Fondos y Pensiones.= 9.- Capital social aportado por Carlos Ramón a la entidad mercantil Alta Alcarria Sociedad Cooperativa Limitada, por importe de 690,54 euros.= PASIVO.- No procede la inclusión de ninguna partida en el pasivo al haber sido cancelada la deuda contraída en la póliza de préstamo con la Mercantil HISPAMER para la adquisición del vehículo".

TERCERO

Notificada dicha resolución a las partes, por la representación de Dª Beatriz, se interpuso recurso de apelación contra la misma; admitido que fue, emplazadas las partes y remitidos los autos a esta Audiencia, se sustanció el recurso por todos sus trámites, llevándose a efecto la deliberación y fallo del mismo el pasado día 27 de noviembre.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado las prescripciones legales con inclusión del plazo para dictar sentencia.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Una primera matización a efectuar al comienzo de esta resolución para delimitar su ambito objetivo es la relativa a cual es el objeto de presente litigio que debe limitarse tan solo a la determinación de los bienes que forman parte del inventario, activo o pasivo, de la sociedad de gananciales, rechazando «ab initio» cualquier pretensión relativa a la división o valoración de aquellos.

A los efectos de resolver la cuestión debatida, que se concreta en determinar cuáles son los bienes que integran el activo y el pasivo de la sociedad de gananciales al tiempo de la disolución del matrimonio contraído por los litigantes, para proceder a su ulterior liquidación, se hace preciso señalar, en primer término, lo que constituye un extremo fundamental, cual es, que la fecha de...

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