SAP Cáceres 503/2006, 20 de Diciembre de 2006
Ponente | SALVADOR CASTAÑEDA BOCANEGRA |
ECLI | ES:APCC:2006:909 |
Número de Recurso | 574/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 503/2006 |
Fecha de Resolución | 20 de Diciembre de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Cáceres, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
CACERES
SENTENCIA: 00503/2006
AUDIENCIA PROVINCIAL DE CACERES
Sección 001. Civil.
Domicilio : AVDA. DE LA HISPANIDAD S/N
Telf : 927 620308
Fax : 927 620315
Modelo : SEN00
N.I.G.: 10037 37 1 2006 0100637
ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000574 /2006
Juzgado procedencia : JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.4 de CACERES
Procedimiento de origen : PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000636 /2005
RECURRENTE : PROMOCIONES E INVERSIONES SALGADO Y ASOCIADOS, S.L.
Procurador/a : ANTONIO CRESPO CANDELA
Letrado/a : JAIME VELAZQUEZ GARCIA
RECURRIDO/A : ROJO MEDINA, S.L., REY SANGUINO, S.L., Luis Antonio
Procurador/a : JOSE ENRIQUE DE FRANCISCO SIMON, MARIA VANESA RAMIREZ-CARDENAS
FERNANDEZ DE AREVALO, CARLOS ALEJO LEAL LOPEZ
Letrado/a : TOMAS GONZALEZ CALZADA, CLAUDIO BLANCO TORRES, SATURNINO HERA
MERINO
S E N T E N C I A NÚM. 503/06
Ilmos. Sres.
PRESIDENTE:
DON JUAN FRANCISCO BOTE SAAVEDRA =
MAGISTRADOS:
DON SALVADOR CASTAÑEDA BOCANEGRA =
DON ANTONIO MARÍA GONZÁLEZ FLORIANO =
___________________________________________________
Rollo de Apelación núm. 574/06 =
Autos núm. 636/05 (Procedimiento Ordinario) =
Juzgado de 1ª Instancia núm. 4 de Cáceres =
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En la Ciudad de Cáceres a veinte de Diciembre de dos mil seis.
Habiendo visto ante esta Audiencia Provincial de Cáceres el Rollo de apelación al principio referenciado, dimanante de los autos de Procedimiento Ordinario núm. 636/05 del Juzgado de 1ª Instancia núm. 4 de Cáceres, siendo parte apelante, la entidad demandada, PROMOCIONES E IVERSIONES SALGADO Y ASOCIADOS, S.L. (PRINSA), representada tanto en la instancia como en la alzada por el Procurador de los Tribunales Sr. Crespo Candela, y defendido por el Letrado Sr. Velázquez García, y, como parte apelada, la entidad demandada REY SANGUINO, S.L., representada tanto en la instancia como en la alzada por el Procurador de los Tribunales Sra. Ramírez-Cárdenas Fernández de Arévalo, y defendida por el Letrado Sr. Blanco Torres; el demandante DON Luis Antonio, representado tanto en la instancia como en la alzada por el Procurador de los Tribunales Sr. Leal López y defendido por el Letrado Sr. de la Hera Merino; y la entidad demandada ROJO MEDINA, S.L., representada tanto en la instancia como en la alzada por el Procurador de los Tribunales Sr. De Francisco Simón, y defendida por el Letrado Sr. González Calzada.
Por el Juzgado de 1ª Instancia núm. 4 de Cáceres, en los Autos núm. 636/05, con fecha 1 de Septiembre de 2006, se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"FALLO: Que ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda presentada por el Procurador Sr. Leal López, en nombre y representación de D. Luis Antonio contra PROMOCIONES E INVERSIONES SALGADO & ASOCIADOS, S.L. (PRINSA, S.L.) debo condenar y condeno al demandado a abonar al actor la suma de setenta y cuatro mil novecientos setenta y cinco euros con sesenta y cuatro céntimos de euro (74.975,64), más los intereses legales desde la fecha de la interpelación judicial.
Que DESESTIMANDO la demanda presentada por el Procurador Sr. Leal López, en nombre y representación de D. Luis Antonio contra REY SANGUINO S.L. Y ROJO MEDINA S.A. debo absolver y absuelvo a los referidos demandados de los pedimentos de la demanda.
TODO ELLO SIN HACER EXPRESA CONDENA EN COSTAS."
Frente a la anterior resolución y por la representación de la entidad demandada PROMOCIONES E INVERSIONES SALGADO Y ASOCIADOS, S.L. (PRINSA), se solicitó la preparación del recurso de apelación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 457.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Admitida que fue la preparación del recurso por el Juzgado, se emplazó a la parte recurrente, conforme a lo dispuesto en los arts. 457.3 de la L.E.C. por veinte días para la interposición del recurso de apelación, conforme a las normas del art. 458 y ss. de la citada ley procesal.
Formalizado en tiempo y forma el recurso de apelación por la representación de referida parte demandada, se tuvo por interpuesto y, de conformidad con lo establecido en el art. 461 de la L.E.C., se emplazó a las demás partes personadas para que en el plazo de diez días presentaran ante el Juzgado escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que le resulte desfavorable.
Presentados escritos de oposición al recurso por las respectivas representaciones procesales de las partes demandadas, Rey Sanguino, S.L. y Rojo Medina, S.L., y demandante, Don Luis Antonio, se remitieron los autos originales a esta Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Cáceres, previo emplazamiento de las partes por término de 30 días.
Recibidos los autos en esta Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Cáceres, se procedió a incoar el correspondiente Rollo de Sala, turnándose de ponencia; y habiéndose evacuado el trámite de emplazamiento conferido a las partes, no habiéndose propuesto prueba por ninguna de ellas, ni considerando este Tribunal necesaria la celebración de vista, se señaló para la DELIBERACIÓN Y FALLO el día diecinueve de Diciembre de dos mil seis, quedando los autos para dictar sentencia en el plazo que determina el art. 465 de la L.E.C..
En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.
Vistos y siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado DON SALVADOR CASTAÑEDA BOCANEGRA.
Se aceptan los de la sentencia de instancia y
La representación procesal de la entidad "Promociones e Inversiones Salgado y Asociados, S.L." se alza contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia núm. 4 de Cáceres de fecha 1 de Septiembre de 2006, que estima parcialmente la demanda formulada por la representación procesal de D. Luis Antonio, y condena al demandado a abonar al actor la suma de 74.975,64 euros, a la par que desestima la demanda interpuesta por el actor frente a las entidades Rey Sanguino, S.L. y Rojo Medina, S.L.
Las actuaciones devienen y traen causa del accidente producido el 13 de Enero de 2003, cuando el actor, D. Luis Antonio, visitaba el edificio sito en la c/ Sánchez Garrido, de Cáceres, con la finalidad de adquirirlo, y, cuando se encontraba en una terraza situada en la planta 4ª, el suelo se hundió y cayó al piso inferior, sufriendo una serie de lesiones que son objeto de reclamación frente a los titulares de la vivienda, entre ellos la entidad demandada que ha resultado condenada, Promociones e Inversiones Salgado y Asociados, S.L.
La representación procesal de la parte condenada disiente de las razones que llevaron al juez de instancia a...
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