SAP Ávila 236/2006, 2 de Noviembre de 2006

PonenteMIGUEL ANGEL CALLEJO SANCHEZ
ECLIES:APAV:2006:405
Número de Recurso293/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución236/2006
Fecha de Resolución 2 de Noviembre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Ávila, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

AVILA

SENTENCIA: 00236/2006

SE NTENCIA ART 465.4

Este Tribunal compuesto por los Señores Magistrados que se expresan al margen, ha

pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A N U M: 236/06

SEÑORES DEL TRIBUNAL

ILUSTRISIMOS/AS SRES/AS

PRESIDENTA

Dª.MARIA JOSE RODRIGUEZ DUPLA

MAGISTRADOS

D. JESUS GARCIA GARCIA

D. MIGUEL ANGEL CALLEJO SANCHEZ

En la ciudad de AVILA, a dos de Noviembre de dos mil seis.

Vistos ante esta Ilustrísima Audiencia Provincial en grado de apelación los autos de JUICIO VERBAL 280 /2006, seguidos en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION N.4 de AVILA, RECURSO DE APELACION (LECN) 293 /2006; seguidos entre partes, de una como recurrente Dª. María Esther, representada por la Procuradora Dª SONSOLES PEREZ GARCIA, dirigida por el Letrado D. PEDRO RODRIGUEZ LOPEZ, y de otra como recurrida la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DIRECCION000 Nº NUM000, representada por la Procuradora Dª CANDELAS GONZALEZ BERMEJO y dirigida por el Letrado D. JOSE MIGUEL CABANILLAS ARIAS. Actúa como Ponente, el Iltmo. Sr D. MIGUEL ANGEL CALLEJO SANCHEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION N.4 de AVILA, se dictó sentencia de fecha 8 de Junio de 2006, cuya parte dispositiva, dice: "FALLO: Que estimando íntegramente la demanda presentada por la Comunidad de Propietarios del núm. NUM000 de la C/ DIRECCION000 de Avila, representada por la Procuradora Doña Candelas González Bermejo y defendida por el Letrado Don José Miguel Cabanillas Arias, contra Doña María Esther representada por la Procuradora Doña Sonsoles Pérez García y defendida por el Letrado Don Pedro Rodríguez López: A) Condeno a la parte demandada, Doña María Esther, a pagar a la parte actora, la Comunidad de Propietarios del núm. NUM000 de la C/ DIRECCION000 de Ávila, la suma de Quinientos Cuarenta y Cinco Euros con Ochenta y Ocho Céntimos (545,88; Euros), así como el interés legal del dinero de la citada suma desde la fecha de presentación de la petición inicial de procedimiento monitorio, 22 de Febrero de 200, hasta la fecha de la presente sentencia y el interés legal del dinero incrementado en dos puntos de la citada suma desde la fecha de la presente sentencia hasta que sea totalmente ejecutada. B) Condeno a la parte demandada al pago de las costas procesales ".

SEGUNDO

Contra mencionada resolución interpuso la parte el presente recurso de apelación que fue sustanciado en la instancia de conformidad con lo establecido en el art. 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil ; se elevaron los autos, correspondiendo a este Tribunal su resolución, dando lugar a la formación del presente rollo, no habiéndose celebrado vista pública ni práctica de prueba, quedó el procedimiento para votación y fallo.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado y cumplido todas las prescripciones de carácter legal.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Por la Procuradora de los Tribunales Doña Sonsoles Pérez García en representación de Doña María Esther se interpuso recurso de apelación contra la sentencia de fecha 8 de Junio de 2006 del Juzgado de 1ª Instancia núm. 4 de Ávila, alegando que la actora pretende el pago de 545,88 Euros sin probar el momento inicial, ni final de la deuda; que la demandada pagó a la comunidad de propietarios actora los años 2000 (109,8 E) y 2001 (110,17 E); que la cantidad que habría de pagar por los años 2002,2003 y 2004 a razón de 110,17 Euros sumaria 330,51 Euros; que la sentencia omite la realización de los pagos efectuados del año 2000 y 2001; en segundo lugar alega error de derecho en la interpretación de las normas legales aplicables.

Solicita se revoque la Sentencia estimando la oposición y condenando a pagar a la...

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