SAP Ciudad Real 94/2006, 4 de Abril de 2006

PonenteIGNACIO ESCRIBANO COBO
ECLIES:APCR:2006:440
Número de Recurso49/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución94/2006
Fecha de Resolución 4 de Abril de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Ciudad Real, Sección 2ª

CARMEN PILAR CATALAN MARTIN DE BERNARDOIGNACIO ESCRIBANO COBOFULGENCIO VELAZQUEZ DE CASTRO PUERTAMONICA CESPEDES CANO

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

CIUDAD REAL

SENTENCIA: 00094/2006

APELACION CIVIL

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION SEGUNDA

CIUDAD-REAL.

RECURSO DE APELACION (LECN) 0000049 /2006 (F)

Autos: Juicio Ordinario 158/05.

Juzgado: Primera Instancia de Daimiel.

Iltmo/s. Sr/es.

Presidente: Carmen Pilar Catalán Martín de Bernardo.

Magistrado/s:

IGNACIO ESCRIBANO COBO

FULGENCIO VICTOR VELAZQUEZ DE CASTRO PUERTA

MONICA CESPEDES CANO

S E N T E N C I A nº: 94/2006

En CIUDAD REAL, a cuatro de Abril de dos mil seis.

VISTOS en grado de apelación ante esta Sección 002 de la Audiencia Provincial de CIUDAD REAL, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000158 /2005, procedentes del JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de DAIMIEL , a los que ha correspondido el Rollo 0000049 /2006, en los que aparece como parte apelante Hugo representado por el Procurador D. MIGUEL ÁNGEL POVEDA BAEZA, y asistido por el Letrado DAVID MUÑOZ BELMONTE, y como apelado MAQUINARIA DE CONSTRUCCION TORRIJOS, SLU representado por el Procurador JOAQUIN HERNANDEZ CALAHORRA, y asistido por el Letrado DAVID MUÑOZ BELMONTE, y siendo Magistrado/s Ponente el/la Ilmo./Ilma. Sr./Sra. D./Dª IGNACIO ESCRIBANO COBO .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Seguido el juicio por sus trámites legales ante el JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de DAIMIEL, por el mismo se dictó sentencia con fecha 14 de noviembre de 2005 , cuya parte dispositiva dice: "Que estimando la demanda presentada por la procuradora Sra. Gómez Bernal en representación de la entidad Maquinaria de Construcción Torrijos SLU, contra D. Hugo, debo condenar y condeno a éste a abonar a la demandante la cantidad de 8.685,79 euros, mas los intereses correspondientes desde la fecha de la interpelación judicial, con imposición de costas a la parte demandada.".

Notificada dicha resolución a las partes, por Hugo se interpuso recurso de apelación y cumplidos los trámites correspondientes fueron remitidos a este Tribunal donde han comparecido los litigantes, sustanciándose el recurso en la forma legalmente establecida, señalándose para el acto de la votación y fallo el DIA 3 de abril de 2006 .

TERCERO

En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se articula por la representación procesal de D. Hugo, recurso de apelación contra la sentencia dictada con fecha 14 de Noviembre de 2.005 por el Juzgado de Primera Instancia de Daimiel, en los autos de juicio civil ordinario seguidos ante dicho Juzgado bajo el número 158/2.005 , viniendo a suplicar su revocación con correlativa desestimación íntegra de lo peticionado en el escrito rector de demanda, o subsidiaria estimación parcial en el sentido expresado en el escrito de interposición.

SEGUNDO

Vuelve a reiterarse en esta alzada como primer motivo impugnativo la falta de personalidad del apelante por no tener el carácter con el que se le vino a demandar en el correspondiente escrito rector. A tal efecto conviene recordar en esta alzada nuevamente cómo el demandado ha venido a ejercer el cargo social de administrador de la entidad mercantil Encofrados Daimiel, S.L., desde su misma constitución el día 22 de Agosto de 2.001, si bien juntamente con el otro socio como administrador solidario, pasando por su nombramiento como administrador único el día 28 de Octubre de 2.003, cargo éste que aún consta incrito en debida forma en el Registro Mercantil, sin inscripción de cese o asiento contradictorio alguno, por lo que en consideración aplicativa del artículo 7 del RRM , el principio de legitimación y fé pública registral amparan y justifican la legitimación pasiva del apelante "ab initio", para el ejercicio de la acción articulada en el escrito rector de demanda al amparo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR