STSJ Canarias 72/2007, 30 de Marzo de 2007

PonenteFERNANDO DE LORENZO MARTINEZ
ECLIES:TSJICAN:2007:1480
Número de Recurso211/2005
Número de Resolución72/2007
Fecha de Resolución30 de Marzo de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Nº 72/07

ILMO. SR. PRESIDENTE

D. Angel Acevedo Campos

ILMO./A. SRES./AS. MAGISTRADOS/AS

D . Fernando De Lorenzo Martínez (Ponente)

Dña. María del Pilar Alonso Sotorrío ______________________________________________________________

En Santa Cruz de Tenerife , a 30 de marzo de 2007 .

Visto por esta TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS. SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. Sección Primera. con sede en Santa Cruz de Tenerife , integrada por los Sres. Magistrados, anotados al margen, el recurso Contencioso-Administrativo número 0000211/2005 , interpuesto por la entidad NAUTI SPORT SLU , representado el Procurador de los Tribunales Dña. Isabel Ezquerra Aguado y dirigido por el Letrado Sr. Areses Trapote y como Administración demandada, la General del Estado, dirigida por el el Abogado del Estado, versando sobre tasas por aprovechamiento de dominio público martítimo de 23.737,44 euros de cuantía, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON Fernando De Lorenzo Martínez se ha dictado, EN NOMBRE DE S.M. EL REY, la presente sentencia con base en los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por Resolución del Presidente de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, de 7 de febrero de 2005, se otorga a la entidad recurrente autorización administrativa para la ocupación del local nº 9 E de los ubicados en el puerto pesquero de Los Cristianos, de 3,24 metros cuadrados para ser destinado a la venta de billetes de excursiones marítimas hasta el día 31 de diciembre de 2005.

Interpuesto recurso de reposición, es desestimado por Resolución de 11 de abril de 2005.

SEGUNDO

Por la representación de la parte demandante, antes mencionada, se interpuso recurso contencioso-administrativo, formalizando demanda con la suplica de que se dicte sentencia por la que, con estimación del recurso, se anule y deje sin efecto, por contrarias a derecho, las resoluciones de la Autoridad Portuaria de 7 de febrero y 11 de abril de 2005, condenando a la Administración demandada a devolver las cantidades ingresadas por la actora, por virtud de los actos anulados.

TERCERO

La Administración demandada contesto a la demanda oponiéndose a ella e interesando una sentencia por la que se desestime el recurso y confirme el acto impugnado por ser conforme a Derecho.

CUARTO

Practicada la prueba propuesta se acordó en sustitución de la vista el trámite deconclusiones que fue evacuado por las partes.

QUINTO

Señalado el día y hora para la votación y fallo, tuvo lugar la reunión del Tribunal en el designado al efecto.

SEXTO

Aparecen observadas las formalidades de tramitación

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye el objeto del presente recurso la resolución de la autoridad portuaria por la que se concede a la entidad recurrente autorización administrativa para la ocupación del local 9E en el Puerto de Los Cristianos, de 3,24 metros cuadrados, destinado a la venta de billetes de excursiones marítimas con su barco "JOLLY ROGER", hasta el día 31 de diciembre de 2005, fijando las siguientes tasas:

1. Tasa por ocupación privativa del dominio publico portuario, por importe anual de 3.383,04 euros; 2: Tasa por aprovechamiento especial del dominio publico en el desarrollo de actividades comerciales, industriales y de servicios que se determinara sobre el numero de pasajeros embarcados durante el año 2004 por el titular de la autorización en el Puerto de Los Cristianos, aplicándole la cuantía de 1,20 euros por pasajero, lo que supone para el año 2005 la cantidad de 20.354,40...

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