STSJ Comunidad Valenciana 796/2007, 8 de Mayo de 2007
Ponente | RAFAEL PEREZ NIETO |
ECLI | ES:TSJCV:2007:2590 |
Número de Recurso | 19/2007/ |
Número de Resolución | 796/2007 |
Fecha de Resolución | 8 de Mayo de 2007 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TSJCV
Sala Contencioso Administrativo
Sección Tercera R.A. 19/07
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA
COMUNIDAD VALENCIANA
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCION TERCERA
SENTENCIA NÚM. 796/07
En la ciudad de Valencia, a 8 de mayo de 2007.
Visto por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. don José Bellmont Mora, Presidente, don Luis Manglano Sada y don Rafael Pérez Nieto, Magistrados, el recurso de apelación tramitado con el número de rollo 19/07, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo núm. 6 de Valencia en el proceso núm. 351/05. Ha sido parte apelante el Ayuntamiento de Valencia, representado y defendido por Letrado de su Gabinete Jurídico, y parte apelada la entidad "Sidi Saler" S.A., representada por la Procuradora Sra. Herrero Gil y defendida por el Letrado Sr. Guillén Ortega, siendo ponente el Magistrado don Rafael Pérez Nieto.
En fecha 13 de octubre de 2006 el Juzgado de lo Contencioso-administrativo núm. 6 de Valencia dictó Sentencia en el proceso núm. 351/05 ; Sentencia cuya parte dispositiva estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la entidad "Sidi Saler" S.A. contra la Resolución de 5-11-2004 del Ayuntamiento de Valencia denegatoria de la solicitud de devolución de ingresos indebidos por cuenta de las liquidaciones satisfechas del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), ejercicios de 1998 y 1999. Judicialmente se anula dicha Resolución y se dispone, a favor de la recurrente, la devolución de las cantidades ingresadas.
Quien fue parte demandada del proceso, el Ayuntamiento de Valencia, interpone recurso de apelación contra la anterior Sentencia; recurso que fue admitido por el Juzgado, dándose traslado a la parte contraria, cuya representación procesal solicitó la desestimación del referido recurso.
Por el Juzgado se elevaron los indicados autos a este Tribunal; una vez recibidos, se formó el correspondiente rollo. Posteriormente, se dictó providencia señalándose para la votación y fallo el 8 de mayo de 2007.
En la tramitación del recurso se han observado todas las prescripciones legales.
El presente recurso de apelación tiene por objeto de impugnación la Sentencia a quo a que se hizo referencia en el primer Antecedente. En ella es estimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la entidad "Sidi Saler" S.A. contra la Resolución del Ayuntamiento de Valencia denegatoria de la solicitud de devolución de ingresos indebidos por cuenta de las liquidaciones satisfechas del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), ejercicios de 1998 y 1999. Judicialmente se anula dicha Resolución y se dispone, a favor de la recurrente, la devolución de las cantidades ingresadas.
La cuestión litigiosa orbitó sobre si había transcurrido o no el plazo de prescripción del derecho de la recurrente a solicitar la devolución de los ingresos [art. 66 c) LGT], toda vez que, si bien que habían transcurrido más de cuatro que se hicieron efectivas las referidas liquidaciones del IBI, que tampoco se impugnaron, sin embargo consta que el sujeto pasivo, mucho antes, el día 3- 9-1997, hubo promovido reclamación económica administrativa que concluye con una Acuerdo estimatorio de 25-2-2004 del Tribunal Económico Administrativo Central mediante el que se anula el valor catastral asignado al...
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