ORDEN 2819/2005, de 26 de mayo, del Consejero de Educación, por la que se crean Secciones Lingüísticas de Lengua Inglesa en determinados Institutos de Educación Secundaria, en desarrollo del Convenio entre el Ministerio de Educación y The British Council.

SecciónC - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

ORDEN 2819/2005, de 26 de mayo, del Consejero de Educación, por la que se crean Secciones Lingüísticas de Lengua Inglesa en determinados Institutos de Educación Secundaria, en desarrollo del Convenio entre el Ministerio de Educación y The British Council.

El Ministerio de Educación y Ciencia y The British Council suscribieron, en fecha 1 de febrero de 1996, y dentro del marco del Convenio Cultural entre el Gobierno de España y el Reino Unido, un Convenio que establecía un marco de cooperación para el desarrollo de proyectos curriculares integrados.

En su virtud, se crearon Secciones Lingüísticas en un total de 10 Colegios Públicos ubicados en la Comunidad de Madrid, que se adscribieron a otros tantos Institutos de Educación Secundaria, mediante la Orden de 10 de junio de 1998 del Ministerio de Educación y Cultura, publicada en el "Boletín Oficial del Ministerio de Educación y Ciencia" correspondiente al mes de junio de 1998.

En estos 10 Colegios Públicos se han venido desarrollando las enseñanzas correspondientes a la Educación Primaria de conformidad con el Convenio suscrito y con arreglo al currículo integrado aprobado por Orden de 5 de abril de 2000 del Ministerio de Educación y Cultura ("Boletín Oficial del Estado" de 2 de mayo).

En el curso actual 2004-2005, los alumnos que han venido realizando este programa se encuentran en condiciones de cursar estudios de Educación Secundaria Obligatoria en los Institutos a los que sus respectivos Colegios fueron adscritos.

Con el fin de dar continuidad al proceso educativo de estos alumnos en el marco del programa de enseñanza bilingüe, es necesario autorizar la creación de Secciones Lingüísticas en los Institutos de Educación Secundaria, de acuerdo con lo previsto en el artículo 79, apartados 2, 3 y 4 del vigente Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria, aprobado por el Real Decreto 83/1996, de 26 de enero ("Boletín Oficial del Estado" de 21 de febrero).

Por todo ello, de conformidad con lo establecido en los artículos 1.2 y 79.4 del vigente Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria, ya citado, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 1 del Decreto 117/2004, de 29 de julio, por...

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