RESOLUCION DE 13 DE ENERO DE 1994, de la Direccion general de la Energia, por la que se hacen publicos los Nuevos precios maximos de Venta, antes de Impuestos, de los Gases licuados del Petroleo envasados, a Granel y de automocion, en el ambito de la Peninsula e Islas baleares.

MarginalBOE-A-1994-806
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Industria y Energia
Rango de LeyResolución

Por Orden del Ministerio de Industria y Energía de 5 de noviembre de 1993, se estableció un sistema de precios máximos de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo envasados y de automoción en el ámbito de la península e islas Baleares, y se modificó el sistema de precios máximos de los gases licuados del petróleo a granel en destino establecido por Orden de 8 de noviembre de 1991. En cumplimiento de lo dispuesto en la mencionada Orden, y con el fin de hacer públicos los nuevos precios máximos de los gases licuados del petróleo envasados, a granel y de automoción, en el ámbito de la península e islas Baleares,

Esta Dirección General de la Energía ha resuelto lo siguiente:

Primero.-Desde las cero horas del día 18 de enero de 1994, los precios máximos de venta, antes de impuestos, de aplicación a los suministros de gases licuados del petróleo envasados, a granel y de automoción, en el ámbito de la península e islas Baleares, serán los que se indican a continuación:

Pesetas - kilogramo

Gases licuados del petróleo envasados. Se exceptúan los denominados 68,18

Gases licuados del petróleo en suministros directos a granel en destino a usuarios finales, instalaciones individuales o comunidades de propietarios / 59,58

Gases licuados del petróleo para automoción para todo tipo de suministro / 67,53

Gases licuados del petróleo a granel en destino suministrados a las empresas cuya actividad sea el envasado, distribución y venta de envases populares / 30,68

Segundo.-Los precios máximos de venta, antes de impuestos, de las cargas de gas de los envases populares de GLP, en el ámbito de la península e islas Baleares, serán desde las cero horas del día 18 de enero de 1994, los que se indican a continuación:

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