STSJ Comunidad de Madrid , 14 de Febrero de 2003

PonenteENRIQUE CALDERON DE LA IGLESIA
ECLIES:TSJM:2003:2422
Número de Recurso2380/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución14 de Febrero de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso 2380/98 SENTENCIA NUMERO 213 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA Ilustrísimos señores:

Presidente.

D. Javier E. López Candela Magistrados:

Dña. Elvira Adoración Rodríguez Martí.

D. Juan Francisco López de Hontanar Sánchez.

Dña. Sandra González de Lara Mingo D. Francisco Javier Canabal Conejos.

D. Enrique Calderón de la Iglesia.

D. Miguel Angel García Alonso.

En la Villa de Madrid, catorce de Febrero dos mil tres.

Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso- administrativo número 2380/98 interpuesto por Peña Jaime, SL., representado por el Procurador Don Fernando Pérez Cruz contra el Decreto de la gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Madrid, de fecha 23 de Enero de 1998, sobre desestimación de petición de cambio de titularidad de la licencia n° 20300/81. Contra la Resolución de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Madrid, de fecha 23 de Febrero de 1998, sobre denegación de licencia de actividad de edificio sito en C/ CALLE000 NUM000 . Siendo parte el Ayuntamiento de Madrid representado por el Procurador Don Felipe Juanas Blanco.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda mediante escrito de fecha 31 de Octubre de 2000, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación administrativa impugnada.

SEGUNDO

Que asimismo se confirió traslado a la representación de la parte demandada, para contestación a la demanda, lo que se verificó por escrito de fecha 16 de Febrero de 2001, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida.

TERCERO

No estimándose necesaria la celebración de vista pública, se concedió a las partes el término de quince días para concluir por escrito, lo que consta realizado; señalándose para la votación y fallo del presente recurso el día 11 de Febrero de 2003, a las 10 horas de su mañana, en que tuvo lugar.

VISTOS.- Siendo Magistrado Ponente el Iltmo. Sr. Don Enrique Calderón de la Iglesia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la entidad recurrente Peña Jaime, SL. se interpuso el presente recurso contra Decretos del Gerente Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Madrid de 23 de Enero de 1998, por los que se desestimó la petición de cambio de titularidad de la licencia n° 20300/81 sobre actividad de residencia de ancianos en el inmueble de la CALLE000 , n° NUM000 , y se denegó la licencia de actividad, en expediente n° 711/97/15646.

Alega la recurrente como fundamentos de la demanda, el art. 13.1 del reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, y la indebida aplicación del Plan General de Urbanismo de 1997, al estar concedida con anterioridad licencia para dicha actividad sin haberse declarado la caducidad; por lo que estima que la Administración se aparta del ordenamiento jurídico...

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