La ley valenciana de relaciones familiares de los hijos e hijas progenitores no conviven, nuevas tendencias en el derecho de familia

AutorEnrique Soriano Martínez
CargoAbogado
Páginas21-30
LA LEY VALENCIANA DE RELACIONES FAMILIARES DE LOS HIJOS E HIJAS
CUYOS PROGENITORES NO CONVIVEN. NUEVAS TENDENCIAS EN EL DERECHO
DE FAMILIA
Enrique Soriano Martínez
Abogado
Índice de contenido
RESUMEN......................................................................................................................................1
1. Introducción................................................................................................................................. 1
2. La custodia compartida en el Derecho comparado......................................................................2
3. La modificación del art. 92 del Código Civil por la Ley 15/2005, de 8 de julio.........................4
4. Las nuevas Leyes autonómicas....................................................................................................5
5. Sobre las competencias de la Comunidad Valenciana para desarrollar “normas de derecho civil
propio”.............................................................................................................................................7
6. Aspectos básicos de la Ley..........................................................................................................8
7. A modo de conclusión................................................................................................................10
RESUMEN
En el presente artículo se realiza un análisis descriptivo y crítico de la nueva norma valenciana en
materia de custodia compartida contrastándola con las adoptadas por otras Comunidades
Autónomas y con el régimen general del art. 92 del Código Civil. También se hará referencia a las
soluciones previstas en otros países europeos.
1. Introducción
El pasado 5 de mayo entró en vigor la Ley 5/2011, de 1 de abril, de la Generalitat, de Relaciones
Familiares de los hijos e hijas cuyos progenitores no conviven, que fue publicada en el Boletín
Oficial de las Cortes Valencianas número 300, con fecha de 30 de marzo.
La presente Ley no es sino el reflejo de una nueva tendencia en el Derecho de Familia a la hora de
regular las relaciones entre padres e hijos tras una ruptura. La norma debe enmarcarse en el
contexto actual de crisis de la pareja y de búsqueda de nuevas formas de relaciones familiares.
Según datos del Instituto Nacional de Estadística de 2010 el índice de rupturas matrimoniales
(incluyendo, nulidad, separación y divorcio) representa un 60,33% respecto del total de
matrimonios celebrados. En términos estadísticos, más de la mitad de los matrimonios españoles
acaba en divorcio (concretamente, un 55,90% respecto del total de matrimonios celebrados). Por
otro lado resulta patente que nos encontramos en un contexto cada vez más plural en el modo de
entender las relaciones personales y familiares (familias tradicionales, monoparentales, matrimonios
homosexuales, parejas en convivencia no matrimonial, etc.) fruto de un cambio de los valores y de
una filosofía de vida cada vez más individualista.
También hay que destacar la consolidación de un modelo social en el que tanto mujeres como
hombres participan en el mercado laboral e intentan conciliar su vida profesional con la familiar.
Ante este panorama resulta necesario buscar nuevas fórmulas para solventar los problemas
inherentes a rupturas matrimoniales y de relaciones de pareja más acordes con el principio de
www.derechocivilvalenciano.com - Facultat de Dret – Departament de Dret Civil - Avda. dels Tarongers s/n, 46022 València. Espanya
Revista nº9
Primer Semestre 2011

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